Seguro decenal

Hola!
Todavía tengo pendiente el tema del seguro decenal, de una casa que acabe el año 2003.
Mi mala suerte fue que pagué el 30% del seguro decenal, y me queda por pagar el 70%.
He hablado con mi compañía de seguros, y me comenta que si vendo antes de 10 años, el comprador debe renunciar a que no esté hecho el seguro decenal, y que ya no lo podré contratar por los años que queden, pues la compañía necesitará el informe de la OCT pero actualizado a la fecha de la venta, por lo que me comentan que se tendrían que hacer otra vez todas las pruebas de la OCT (agujeros en paredes, suelo...). No creo que me engañen, pero lo encuentro abusivo.
Yo pagué toda la OCT y tengo el informe final, por lo que estoy segura de que la obra no tiene daños estructurales.
El 30% del seguro que pagué no me lo devuelven. Pero es que no quiero pagar más por todo este tema
¿Qué opináis?

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La verdad que lo que comentas es un tanto extraño ya que si se ha emitido la prepoliza (lo cual supone un 30% de la prima) es porque la compañía ha revisado el informe D0 emitido por la OCT y ha aceptado el riesgo. Si después de finalizada la obra, el resto de informes incluidos el D6 han sido correctos y en los misma no se hace constar ninguna reserva técnica es totalmente ilógico que la compañía no quiera emitir el correspondiente suplemento de cobertura.
Otra de las causas posibles para el problema que estas planteando es que la OCT que ha realizado los informes no este reconocida por la entidad aseguradora con lo cual la única solución sería presentar toda la información a otra aseguradora que si la tenga reconocida para que emitan la póliza si una vez estudiada la documentación no existe ningún tipo de problema.
No obstante de todo lo anterior, si quieres puedes facilitarme la entidad aseguradora y la OCT para poder verificarlo.
Hola
Mi compañía de seguros que es MUSAAT, establece en la póliza que a la terminación de la obra y junto al Acta de Recepción de la misma se emitirá el correspondiente suplemento de entrada de cobertura de la póliza. Aparece en el apartado de suma asegurada un importe que dicen habría que añadir todos los gastos si no estuvieran (arquitectos, tasas, licencias...). Establece que el 70 % se pagará a la entrada de cobertura del riesgo una vez realizada la regularización de capitales si procede.
La compañía de seguros no se ha revisado el informe D0, porque ella no lo tiene.
Mi Oct es atisae (asistencia técnica industrial, s.a.e.).
¿Crees qué debo continuar con la póliza? ¿Tendré algún problema si en un futuro tuviera que vender la casa y contratar el seguro decenal por los años pendientes? ¿Es cierto que la compañía de seguros pueda necesitar un informe D0 actualizado a la fecha de la supuesta venta de la vivienda?
Gracias,
Conchi72
Estaba esperando recibir la información referente a si el organismo técnico esta homologado por Musaat pero como no la recibo voy a contestarte al resto de preguntas.
Como bien dices, la póliza establece que a la terminación de la obra y junto al Acta de Recepción de la misma se emitirá el correspon..., pero por algún sitio tiene que poner, siempre y cuando no hayan reservas técnicas. Estas reservas vienen reflejadas en el informe D6 y si la compañía no dispone del mismo es difícil evaluarlo.
Ahora te contesto a las preguntas.
1.- Si, por supuesto, ten en cuenta que lo más importante lo tienes hecho que es el seguimiento por parte de la OCT.
2.- Puedes tenerlo, el problema será que el registrador puede negarse a inscribir en el registro la vivienda a nombre del comprador. Entonces, no podrías contratar el seguro decenal sino que deberías ejercer la segunda opción que marca la ley, un aval por el importe que indicabas en el primer párrafo.
3.- Lo normal en todas las compañías es que tengan todos los informes en su poder, el D0 en el momento de contratar la prepóliza, el resto (depende de los materiales utilizados, etc.) durante la construcción y por último el D6 que se entrega junto con el acta de recepción para emitir el suplemento de cobertura.
Si tienes alguna duda más házmelo saber
Hola.
Los autopromotores de ahora, no tienen obligación de contratar el seguro, ¿verdad? ¿Se van a ver con el mismo problema ante la inscripción en el registro?
Si yo sé, que no voy a vender mi casa en 10 años. ¿Para qué sirve el seguro decenal?
¿Vale la pena? Además me tienen que regularizar el precio y sin actualizar me supone pagar unos 1200 euros. Es super caro para lo que cubre (que creo es nada, corrígeme si me equivoco)
Se que lo más importante es el servicio técnico, que lo tengo hecho y sé pues que la obra está bien hecha. Pero, me cuesta tanto tener que pagar el seguro!
¿Qué me aconsejas?
Así es, como tu bien indicas actualmente los autopromotores en la actualidad no tienen dicha obligación y por lo tanto no van a tener ningún problema en inscribirse porque no existe tal obligación del seguro decenal, sinceramente pienso, que este seguro con los autopromotores era como "matar moscas a cañonazos".
Al resto de preguntas te contesto en general. Yo en tu lugar, si no fuese a vender la vivienda en 10 años y después de tenerla ya inscrita en el registro, me olvidaría del tema, me guardaría los informes por si acaso y punto final, es decir, no contrataría el seguro.
El fundamento de este seguro era la defensa al consumidor en caso de desaparición de la empresa promotora (como ocurre con cierta frecuencia), pero en el caso de autopromoción, como he indicado anteriormente, esta medida era totalmente desproporcionada y suponía un sobrecoste desproporcionado para el autopromotor. Eso si, dicho seguro tiene cierta lógica cuando se transmite la vivienda en un plazo inferior a 10 años pero de lo contrario tampoco tiene validez ya que el promotor no seria un tercero.

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