Cuando realizar embargo por herencia impagada

Hola, quisiera me ayudaran con una duda de una herencia de mi padre.
La hermana de mi padre, le ha sido adjudicada la compra del piso destinado en herencia.
A la hora de realizar el pago, de manera privada en el despacho del abogado, siempre se esta alargado con excusas varias, y nunca se llega al pago.
Nuestro abogado, dice que, no se puede proceder al embrago, hasta que no llame la notaria del juzgado para la firma, ¿es cierto eso?
¿Qué derechos tenemos, para poder reclamar el pago, o embargar, dado que tras año y medio, ellos ya están viviendo en la casa, sin haber pagado un?, y ya tienen adjudicado el piso.
Gracias de antemano.
Respuesta
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Depende lo que hayan pactado en la escritura cuando hicieron la partición; no sé si ha interpuesto demanda reclamando el pago; si es así le toca esperar a que salga el juicio; de no ser así, si no han interpuesto demanda y estos señores han incumplido su deber de pago, no sé a que esperan a hacerlo.

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