Herencia en caso de fallecimiento

Buenos días, estoy casado en régimen de bienes gananciales, no hemos realizado testamento, mi matrimonio está compuesto por mi mujer, una hija (sólo de mi mujer, no mía) y yo. Tenemos un piso al 50% valorado en aprox. 400.000 euros. Y una hipoteca pendiente de 193.000 euros. En el caso de que fallezca mi mujer (que pasen 80 años), ¿corre riesgo mi piso?, ¿Qué me correspondería?, ¿Me pueden obligar a vender el piso?, o de lo contrario yo podría seguir viviendo en el piso sin problemas. Agradecería una respuesta con términos no muy técnicos, ya que la información que tengo es muy técnica y no la entiendo. Mi gran duda es que como la hija no es del matrimonio, si no, anterior al mismo y sólo de mi mujer, si todo sigue igual respecto a la herencia de los hijos Y SOBRE TODO SI TUVIERA QUE ABANDONAR EL PISO O NO.
Un saludo y gracias de antemano.

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En caso de que falleciera su esposa sin haber realizado testamento, su heredera universal será la hija.
Usted tendrá derecho al uso de una tercera parte de la herencia de su mujer.
En resumen:
La mitad del piso ya es de usted, eso no lo perdería.
De la mitad del piso de su esposa tendrá a derecho de uso de un tercio.
La hipoteca tendrían que pagarla a medias entre usted y la hija de su esposa.
Por lo tanto para que la hija de su mujer pudiera echarle del piso tendría que venderse ella que recurrir a un procedimiento judicial para obligarle a vender el piso, y de dicha venta usted se quedaría con la mitad más un porcentaje de la otra mitad.
Eso en el caso de que su esposa no tenga más bienes.

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