Un piso en herencia para dos hermanos

Dos hermanos han recibido en herencia un piso de su madre ya fallecida.

El hermano numero 1 decide con permiso del hermano numero 2 reformase el piso y quedárselo, aunque todavía no lo ha puesto a su nombre.

Los hermanos quedan de acuerdo en poco a poco el hermano 1 le pagara al hermano 2 la parte proporcional al piso. Han pasado 4 años, el piso esta reformado y el hermano 1 viviendo en el, y el hermano 2 no ha recibido nada de su parte.

Si el hermano 1 pone el piso a su nombre, sin darle la parte al hermano 2, este con el paso del tiempo podría reclamarle la parte que nunca le abono.

Cuantos años tiene que vivir el hermano 1 en el piso para que sea declarado suyo sin darle la parte proporcional al hermano 2

Si el hermano 1 tuviera pareja o se casara influiría algo en que el hermano 2 recibiera la parte proporcional del piso.

Respuesta
1

1º- El piso era de su madre, ¿o de su madre y de su padre?.

2º- ¿Han aceptado ante notario la herencia firmando el cuaderno particional?.

3º- No hay años. El hermano 2 puede reclamar su herencia dentro de 25 años. (Si sigue vivo, claro).

4º- Las palabras se las lleva el viento. ¿No lo sabía? ¿Han firmado las condiciones de pago y valorado el piso para saber lo que le tiene el pagar el 1 al 2, y en qué plazo?

5º- El que 1 se case, carece de importancia.

6º- Lo que tiene importancia es hacer las cosas bien, y de eso usted no dice nada, así que adivinando... adivinando... es muy difícil (o imposible) el contestar a sus dudas.

7º- Exponga el caso con detalle y pordremos estudiarlo.

el piso era solo de la madre, ella falleció hace 10 años y la cosa quedo ahí...

ante notario no se ha firmado nada, ni el cuadro particional ni las condiciones de pago y ni el plazo... solamente ha sido de palabra entre lo dos hermanos.

el hermano 1 se reformo el piso y vive allí y el hermano 2 no ha recibido nada del piso.

el hermano 1 con la escusa de que las cosas no van bien, no le viene bien abonarle al hermano 2 su parte. y el hermano 2 no puede tener su propia vivienda o tiene que hipotecarse por no presionar al hermano 1.

Pues ya un poco más claro.

Usted dice que se hipoteca por no presionar a su hermano.

Ya es una decisión suya. Pero si no presiona, posiblemente nada reciba.

Esta página está llena de casos similares. Cuesta mucho pagar.

Por otro lado, tienen que aceptar la herencia ante notario. Porque Las herencias son un derecho, pero no una obligación. Es decir, que puede aceptarse, pero no hay obligación deello, por lo que también puede rechazarse. Tanto una cosa como la otra ha de hacerse ante notario. Comprenderá pues, que mientras no acepte la herencia, no esdueño de nada y por tanto, nada puede reclamar.

Lo primero es ver si su madre dejó o no testamento.

Estos pasos que ahora le digo, son imprescindibles. Necesita dos certificados y sin ellos nada pueden hacer.

Primero conseguir certificado original de defunción de su madre.

Luego, con este, van a los juzgados de su ciudad y piden el certificado de últimas voluntades, en el que dice si hizo o no testamento, y si lo hizo, ante que notario y en que fecha.

De estos dos certificados nunca se desprenda. Son imprescindibles. Si alguien quiere uno, que se haga fotocopia.

Si hay testamento, habrá que atenerse a su contenido.

Si no hay testamento, el 50% es de cada uno de los dos hermanos.

La ley les permite que en lugar de aceptar cada uno la mitad del piso (que no origina más que muchos problemas y gastos), acuerden ustedes antes de firmar el cuaderno particional como se reparten el piso.

Por ejemplo, tasarlo y que su hermano se lo adjudique al 100% y que le compense a usted en efectivo o como guste.

Por supuesto, para poder exigir el pago el día de mañana, es imprescindible que las condiciones sean recogidas en la escritura notarial de forma muy clara.

Ya después, todo queda en su mano, el reclamar, el presionar,. el exigir... y hasta donde llegar.

En esto yo no puedo ayudarle.

Solo en decirle lo que tienen que hacer.

Solo decirle que si hacen lo que les digo, se van a ahorrar muchos gastos, (Muchos muchos gastos) disgustos, problemas y un posible rompimiento familiar de relaciones de por vida.

Como su madre falleció hace diez años, ya no tienen que pagar los impuestos de sucesiones. Solo la escritura notarial, la plusvalía del ayuntamiento y la inscripción en el registro de la propiedad.

Ya digo que la decisión está en su mano, pero mi consejo es que cuanto antes mejor.

Y no sabe bien lo que vale este simple consejo.

Bueno, un saludo y si no tiene más que añadir le ruego de a finalizar la pregunta.

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