¿Prescriben las apropiaciones indebidas?
hola, mi abuelo murió en el año 2001, y acabamos de enterarnos (2012) que el saldo mayor de la cuenta de los dos meses anteriores a su fallecimiento era bastante cuantioso, mas de 200.000€. Los herederos se dividen en tres partes
una de ellas, vacío la cuenta 12 días antes de la muerte, casi al completo ya que estaba desde hacia varios meses (desde que mi abuelo enfermo) como titular de la cuenta. Sabemos que tiene que demostrar que aporto algo a la cuenta para quedarse con el 50% correspondiente por ser cotitular.
a parte sabemos que hay fincas a nombre de la persona fallecida
mi pregunta es, si el hecho de haberse apropiado de este dinero y de todo lo demás prescribe y cuándo prescribe
gracias
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Respuesta de jortizco10
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