A la hora de cobrar un seguro de vida, ¿A quién se considera "cónyuge"?
Acabo de hacerme un seguro de vida, en el que el primer beneficiario del seguro en caso de mi fallecimiento es el "cónyuge", después padres, hermanos, etc... Mi pareja y yo NO estamos casados, aunque si estamos registrados como pareja de hecho. Me gustaría saber si en la legislación, o en la jerga legal, se considera "cónyuge" a la pareja en general o si por el contrario o a aquellos legalmente casados, y si me sucediera algo el cobraría o no, muchas gracias.
PD- Vivimos en San Sebastián, donde las parejas de hecho se asemejan legalmente casi en su totalidad, a las uniones civiles, declaraciones conjuntas, etc...
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Respuesta de jjusto
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Respuesta de wolfang02
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