Padre soltero

Me gustaría saber si es posible y que papeles harían falta para inscribir a un niño como padre soltero, si es que es posible.

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Elronelron Los derechos humanos a nivel internacional exigen el derecho a la identidad, esto quiere decir que el recién nacido tiene derecho ha conocer su propia identidad, o su verdadera filiación, para registrar un niño en españa, necesitas el parte medico de alumbramiento o el certificado de maternidad, DNI de los padres y libro de familia, ¿con estos requerimientos como pretendes registrarlo tu solo? Si te refieres a que quede solo con tu apellido no es posible las familias monoparentales, todavía no están contempladas en españa, si te refieres a ir tu solo al tramite de registro si lo puedes hacer con los anteriores requisitos, lo puede hacer incluso una persona de la familia hasta el tercer grado de consanguinidad. Si te has quedado solo con tu bebe, puedes acercarte al sitio de empadronamiento de donde habitas ellos te ayudaran a tramitar las ayudas a las que se tienen derecho en estos casos. Suerte.
Me explico, me refiero a que al igual que una mujer puede tener un hijo y no querer que el padre lo reconozca porque quiere ser madre soltera y puede ponerle sus apellidos. ¿Un hombre podría hacer lo mismo? Me refiero en el supuesto de que un hombre y una mujer se pusieran de acuerdo en tener un hijo pero para que se lo quede el hombre y criarlo el solo, ¿Para eso la madre debería reconocerlo obligatoriamente? Porque un hombre puede tener el mismo derecho que una mujer a querer ser "padre soltero". Gracias
Elronelron corazón lee con cuidado lo siguiente:la maternidad quedara establecida, aun sin mediar reconocimiento expreso, por la prueba de nacimiento. Así se establece que la filiación de los hijos nacidos por gestación sera determinada por el parto. Así españa considera que la portadora o madre no podrá impugnar su maternidad, ni siquiera por vicios de consentimiento. En el código civil español, en el art 108 dice que la filiación maternal tiene lugar por naturaleza, en el 110 dice que la madre y el padre están obligados a velar por los hijos menores incluso respecto de la filiación, y que se cobija la presunción de maternidad y se aplica los medios de prueba admitidos por la ley de fondo, estas pruebas son el parte medico de alumbramiento, así que la madre no puede negar la filiación con su hijo puesto que este derecho se le reconoce al hijo en el código civil, lo que si se puede si tu te quieres quedar con el es pedir la patria potestad, eso sera otro asunto, piensa que si el código civil obliga a investigar la filiación paterna para dársela al niño, esto seria ilógico respecto de la madre puesto que la filiación queda en el registro de alumbramiento, Suerte y mil bendciones

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