Asistencia al medico por acompañar a familiares
En nuestro convenio (seguros) el tiempo de asistencia al médico debe ser recuperado o echo fuera del horario de trabajo ya que tenemos seguro médico, salvo en caso de que de esa asistencia se derive una baja o sea por una urgencia médica, pero en le caso de que, por la misma razón debamos acompañar a un familiar a nuestro cargo hasta segundo grado de consanguinidad (ej: hijo) nos hacen recuperarlo, aunque sea derivado de una urgencia. ¿Debemos recuperar este tiempo?
Lo he estado buscando en el convenio, E.T. Y en legislación laboral y no encuentro ninguna información al respecto, ni positiva, ni negativa.
En caso de que no sea obligatorio recuperar este tiempo. ¿Dónde podría localizar esta información para demostrárselo a la empresa?
Lo he estado buscando en el convenio, E.T. Y en legislación laboral y no encuentro ninguna información al respecto, ni positiva, ni negativa.
En caso de que no sea obligatorio recuperar este tiempo. ¿Dónde podría localizar esta información para demostrárselo a la empresa?
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Respuesta de joseaf2
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