¿Qué diferencia hay entre incapacidad laboral psíquica y física?

Llevo trabajando 12 años y hace 6 meses unos problemas derivados de un ejercicio brusco me han producido estar de baja, como no me han hecho casi pruebas no encuentran lo que tengo a pesar de estar incapacitado todo el día en casa. Hoy he pasado mi primera inspección medica y así de primeras me han ofrecido incapacidad psicológica, yo le he dicho que de psico nada que el no poder andar, perder el equilibrio, la perdida de fuerza, la incontenencia urinaria no son psiquiqas. Y me han dicho que si no me hacen más pruebas me tienen que proponer la incapacidad.
¿Qué supone la incapacidad psíquica o física cuales son la diferencias, cuantías, etc?
Es una incertidumbre y de estas cosas no entiendo mucho.

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La incapacidad es un único proceso (da lo mismo que sea por motivos físicos que priquicos). El procedimiento es el siguiente: al estar tanto tiempo de baja ahora lo que proponen es solicitar un procedimiento de incapacidad por el que en poco tiempo te citarán para pasar un tribunal médico (al que tendrás que aportar toda la información médica que tengas), esta citación te la harán por escrito en tu domicilio.
Una vez pasado este tribunal médico serán ellos los que decidan si estas apto para trabajar o no. Si estas apto tendrás que incorporarte inmediatamente en la empresa, si te declaran no apto te dirán qué tipo de invalidez te dan:
- Si es la gran invalidez (no se la dan a casi nadie) te abonan el 150% de tu base de cotización hasta la muerte
- Si es la iinvalidez absoluta, será un 100% de tu base de cotización hasta el final
- Si es una total, será un 75% de tu base de cotización si eres mayor de 55 años o de un 55% si eres menor de 55 años
- Luego te pueden declaran una invalidez parcial para el ejercicio de tu trabajo habitual pero no para realizar otro tipo de trabajo y lo que te darán es una pequeña aportación dineraria todos los meses (desconozco el importe porque eso lo fija la propia Seguridad Social)
De todas maneras si tienes dudas acude a la oficina de la Seguridad Social de tu zona y ellos te pueden informar sobre todo esto.
Es que me ha resultado extraño que a los 6 meses me hayan propuesto eso cuando apenas me han hecho pruebas para descartar pruebas.
¿Y si es una psíquica parcial? No sera lo mismo de cara a poder realizar otro trabajo
Desde Enero del 2008 se ha adelantado a los 6 meses, es decir a partir de esa fecha sino se prevé mejoría en los 6 siguientes se puede iniciar el procedimiento de incapacidad en cualquier momento, ya no hay que llegar ni a los 12 meses de baja ni a los 18 meses. No existe una incapacidad psíquica parcial como tal ya que en ese caso estaría limitado para cualquier trabajo porque no depende de una causa orgánica ni funcional.

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