Dietas

Hola, voy a hacerte una consulta sobre un caso. Un trabajador cobra su nómina. Y la empresa también le paga por transferencia y mediante un recibo (hecho por la propia empresa) una cantidad de dinero en concepto de dietas. Eso es legal, ¿o se tiene que incluir en la nómina?. ¿Qué cantidad como máximo debe de ser esa dieta?. ¿En qué cuenta de contabilidad se incluye?. Gracias

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Las dietas son unas cantidades indemnizatorias como consecuencia de la realización de un desplazamiento, en consecuencia deben ir incluidas en la nómina, si bien, hay una parte exenta de cotización cuya cuantía en éste momento no recuerdo, pero se trata de un límite diario. Respecto a la cuenta de contabilidad, ni idea no soy contable.

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