Despido empresa

Hola buenos dias , te agradeceria que me ayudases porque no tengo conocimientos en temas laborales. Te explico la empresa como casi todas pasa por malos momentos ahora y en breve cerrará , tengo ofertas de otras empresas para irme con ellos pero claro quiero esperarme a que me envie mi jefe al paro porque si no luego no tengo derechos verdad? , el tema es que me han dicho que si me envia al paro me tiene que dar una hoja para que me vaya yo al paro con esa hoja , pero claro como no tenemos asesoria pq no les paga no se como puedo conseguir esa hoja , y en el caso de que tenga que hacerla yo no se que tengo que poner. Ademas nos debe dinero desde noviembre y mi situacion es que no me puedo ir pq no me envia al paro y no me voy yo pq pierdo todos mis derechos segun creo. Por otra parte al no pagarle a la asesoria ha dejado de hacer nominas y ahora me toca hacerlas a mi con una hoja de excel que eso no se ni siquiera si es legal. En fin habras visto que es un poco compilicada la situacion , te agradezco mucho tu tiempo , gracias.

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El tiempo que tienes cotizado para el paro no lo pierdes aunque te vayas tú. Lo podrás cobrar cuando termines (siempre que no sea con baja voluntaria y que te dure al menos 3 meses) el siguiente empleo.
El certificado de cotizaciones lo necesitarás para cobrar el paro si el siguiente empleo te durara menos de 6 meses. Si no, no te hace falta para nada. En caso de no tenerlo le comunicas al del INEM que en esa empresa no te lo quisieron dar.
En cualquier momento puedes cobrarles lo que te deben mediante un proceso de reclamación de cantidad, que se inicia en el SIMA mediante un acto de conciliación. Puedes reclamarles cualquier deuda de los 12 meses anteriores a la fecha en que lo inicies. Para este proceso no necesitas abogado, pero puedes conseguir uno de oficio gratis en el colegio de abogados o bien acudir a un sindicato. Puestos a reclamar que te revise bien las últimas 12 nóminas alguien que no sea de la empresa ni de la asesoría que se las hace, porque es muy probable que hayas estado cobrando menos de lo que dicen las tablas salariales actualizadas del convenio aplicable. En ese caso le puedes cobrar toda la deuda en el mismo proceso. Además, en la demanda puedes meterles intereses por mora. Por tanto si la empresa te debe dinero míralo como si lo estuvieras metiendo en el banco con intereses. Pero tienes que iniciar el proceso cuanto antes. Una vez puesta y cobrada esta reclamación, si te vuelve a hacer lo mismo la misma empresa durante al menos 3 meses, podrías iniciar un proceso de rescisión voluntaria de tu contrato por impago. Te daría derecho a cobrar la misma indemnización, finiquito y paro que si hubiera sido un despido improcedente. Pero esta rescisión sólo es viable cuando previamente se ha hecho la reclamación de cantidad y, o bien no se ha cobrado, o bien se cobró pero luego dejaron de pagarte otra vez. Si la deuda te ocasionó algún perjuicio económico lo puedes recuperar. Ppor ejemplo si el banco te cobró comisiones por tener números rojos. O incluso si tuviste que que pedir un crédito para seguir viviendo mientras que la empresa no te pagaba. Lo primero es poner y ganar la reclamación de cantidad en el juzgado de lo social. Entonces, una vez la sentencia sea firme, podrías poner una demanda a la empresa por daños y perjuicios, en la cual pides que te paguen todos los gastos que te ocasionaron, como los intereses del crédito y los gastos de su formalización. Pero con eso hay que ir con ojo, porque las demandas de daños y perjuicios sí necesitan de abogado y sí que puede haber condena en costas.

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