Traslado laboral

Hola, buenos días. Mi caso es el siguiente: mi marido y yo trabajamos desde hace dos años en la misma empresa y sucursal, en Madrid, con contrato indefinido. En septiembre del año pasado hemos comprado una casa en Murcia, luego de consultar con nuestro supervisor si existía la posibilidad de traslado laboral a esa provincia. Nos respondió que sólo podía trasladar a uno de los dos (mi marido) porque la persona que supervisa el personal de esa zona no consiente el hecho de tener a familiares o amigos trabajando en una misma tienda. Seguimos adelante, aunque sabíamos que yo tendría que cambiar de empleo. Lo que nos ocurrió fue que la entrega de la vivienda se retrasó hasta este mes de febrero y la empresa ha contratado a otra persona en el lugar que ocuparía mi marido. Lo he comentado con una persona que trabaja hace años en recursos humanos y me ha dicho que la empresa tiene la obligación de trasladar a mi marido que es indefinido y de ponerlo en el lugar del otro trabajador que tiene contrato temporal ¿esto es así? Me parece poco creíble pues sería un poco injusto.
Por otro lado, yo estoy embarazada y voy a pedir la baja por maternidad en abril. Esta persona también me ha dicho que cuando pida mi reincorporación la tengo que pedir para la zona que yo necesite (que sería Murcia) y que la empresa está obligada a concedérmela en esa sucursal o me tendría que despedir e indemnizarme ¿esto puede ser cierto, puedo pedir la reincorporación a otra sucursal que no sea la mía?
Desde ya te agradezco muchísimo por tu atención.

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Desconozco el Convenio COlectivo que rige vuestro sector por lo que mi contestación te la daré a nivel general siempre con la salvedad de que vuestro COnvenio Colectivo mejore este aspecto.
Siempre que haya un puesto similar al de tu marido y esté vacante tu marido podría optar por él pero esto es potestativo de la Empresa. SI el puesto ya está ocupado por la demora de la entrega de vuestra casa tendríais que esperar a que haya una nueva vacante y el hecho de estar indefinido no primaria sobre la persona contratada en situación temporal. De todas maneras tendréis que ir a vuestro COnvenio por si mejora esto que te estoy contando.
En tu supuesto podrías solicitar tu reinocporación tras la baja maternal en la sucursal de Murcia, tienes un derecho preferente siempre que exista vacante. Evidentemente no podrías ir si no hay un puesto vacante. El tema de que el supervisor de la zona no acepta que familiares trabajen juntos en la misma zona es el único que podríais pelear legalmente ya que vosotros trabajáis actualmente en la misma sucursal y eso no ha sido handicap en vuestro trabajo, por lo que si antes lo mantenían ahora deben seguir haciéndolo.
La reincorporación la puedes pedir en otra sucursal, tras tu baja, y esperar a que haya una plaza vacante. En tu caso, nunca podrían contratar a una persona temporl si tu tienes solicitada la plaza tras tu baja maternal
Suerte y saludos
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