Retenciones IRPF

En el mes de Enero "sufrí" en la nómina una retención de IRPF del 47 %, la cual achaqué a que fuese un ajuste para el año fiscal, pero mi sorpresa fue mayor cuando vi la misma retención (otro 47%) en la nómina de Febrero, por lo cual decidí llamar a Recursos Humanos de mi empresa.
La excusa que me dieron fue que habían tenido un fallo informático en el programa que lleva las retenciones y al revisarlas a final de año vieron que me tenían que retener "algo más" de lo que lo hacían habitualmente. Les dije que dentro de la mala gestión que habían hecho lo entendía pero que porque lo hacían en mi nomina de Febrero si el año fiscal era de de Enero - Diciembre y esto entraría dentro del siguiente periodo fiscal. A lo cual me contestan que como la empresa había hecho ya su declaración y había puesto el dinero por mis retenciones yo se lo tenia que devolver... La verdad que no me gusto nada la gestión que habían realizado.
Por todo lo expuesto mis preguntas son estas; ¿Es legal lo que han hecho? ¿Pueden ellos variar mi IRPF sin previo aviso dado el elevado porcentaje de diferencia? ¿Deberían de haberme consultado /avisado que IRPF quería que se me retuviese? ¿Podría tomar alguna acción legal por esta mala gestión realizada ya que las consecuencias las he sufrido yo (retraso en pagar mi hipoteca, facturas...?

2 Respuestas

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Ellos no pueden variar a su antojo el IRPF. En función de tus ingresos y según el programa de cálculo de retenciones que la AEAT pone a disposición de todos los contribuyentes en la web www.aeat.es cada uno de nosotros podemos calcular en función de nuestros ingresos brutos y las circunstancias personales, el porcentaje de retención.
Puedes acudir a tu delegación más cercana de Hacienda para que te revisen la retención que te ha efectuado la empresa.
Una vez te resuelvan la cuestión será hora de pronunciarse sobre el resto de cuestiones.
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La Empresa no puede subirte el IRPF a su criterio ni argumentando errores informáticos, por encima del IRPF estimado de Hacienda. Cuando se hace la nomina hay obligación de pasar el programa de HAcienda donde se fija, según unas estimaciones anuales de lo que vas a ganar, el IRPF para cada mes. El trabajador puede voluntariamente subirse esa retención sobre la estimada por Hacienda pero nunca se la podría bajar.
QUe te pongan una retención del 47% es un disparate cuando la retención máxima es de un 33%. Tendrías que cobrar mucho dinero para ese IRPF tan alto.
TE aconsejo que te pongas o pidas asesoramiento a un experto en derecho fiscal para que te ayude con los pasos a seguir. Yo no soy experta en ese tema y no te quiero dar indicaciones al respecto que no sean las más adecuadas. Evidentemente que puedes pedir daños y perjuicios por todo lo que te ha ocasionado en tus pagos mensuales
Suerte y saludos

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