Si falto 5 días a trabajar sin justificación

Si falto 5 días a trabajar sin justificación, ¿me despiden? ¿Tengo derecho al paro? Gracias

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E.T.
Artículo 54. Despido disciplinario.
1. El contrato de trabajo podrá extinguirse por decisión del empresa-
Rio, mediante despido basado en un incumplimiento grave y culpable
del trabajador.
2. Se considerarán incumplimientos contractuales:
a) Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad
al trabajo.
b) La indisciplina o desobediencia en el trabajo.
c) Las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que
trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos.
d) La transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de
confianza en el desempeño del trabajo.
e) La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de tra-
Bajo normal o pactado.
f) La embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente
en el trabajo.
g) El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones,
discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso sexual o por razón
de sexo al empresario o a las personas que trabajan en la empresa.
Tienes derecho a paro no lo tendrías si te hubieras ido voluntarimente, pero pasate ya por el trabajo para que te den la carta de despido y los papeles para el paro.

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