Permiso lactancia y reducción laboral conv construccio
Buenas tardes,
Estoy actualmente de baja por maternidad. He previsto disfrutar en el orden siguiente de los 15 días de lactancia, tomar las vacaciones que me corresponden y luego reducir mi jornada por cuidado de hijo. Sin embargo tengo una duda respecto a lo previsto en el convenio de la construcción sobre la lactancia y la reducción laboral
A continuación los artículos del convenio que precisan el tema de la lactancia y la reducción por cuidado de hijo:
4/ Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho, sin pérdida alguna de retribución, a una hora diaria de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La mujer, por su voluntad, e igualmente sin pérdida de retribución, podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada laboral en media hora diaria con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas, conforme al acuerdo a que llegue con la empresa...
5/El trabajador que, por razones de guarda legal, tenga a su cuidado directo a algún menor de ocho años... Tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional del salario, entre al menos un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquélla.El ejercicio de este derecho por parte del trabajador durante los primeros nueve meses de vida del menor, es incompatible con el previsto en el apartado 4 del presente articulo
Es este ultimo parafo que no entiendo bien ¿Quiere decir que si quiero reducir mi jornada laboral no puedo beneficiarme de los 15 días de lactancia?
Gracias de antemano por su ayuda
Estoy actualmente de baja por maternidad. He previsto disfrutar en el orden siguiente de los 15 días de lactancia, tomar las vacaciones que me corresponden y luego reducir mi jornada por cuidado de hijo. Sin embargo tengo una duda respecto a lo previsto en el convenio de la construcción sobre la lactancia y la reducción laboral
A continuación los artículos del convenio que precisan el tema de la lactancia y la reducción por cuidado de hijo:
4/ Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho, sin pérdida alguna de retribución, a una hora diaria de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La mujer, por su voluntad, e igualmente sin pérdida de retribución, podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada laboral en media hora diaria con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas, conforme al acuerdo a que llegue con la empresa...
5/El trabajador que, por razones de guarda legal, tenga a su cuidado directo a algún menor de ocho años... Tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional del salario, entre al menos un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquélla.El ejercicio de este derecho por parte del trabajador durante los primeros nueve meses de vida del menor, es incompatible con el previsto en el apartado 4 del presente articulo
Es este ultimo parafo que no entiendo bien ¿Quiere decir que si quiero reducir mi jornada laboral no puedo beneficiarme de los 15 días de lactancia?
Gracias de antemano por su ayuda
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Respuesta de tarmawen
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