Bajada de categoría

Hola. El año pasado hubieron despidos en mi empresa, después se firmo un ere muy malo y un acuerdo de bajarnos el sueldo a los trabajadores de expediciones y la categoría a final de este año si no subía la faena y volvíamos a producción. Cuando nos quitaron de producción para ir a expediciones, firmamos un papel en el que decía que manteníamos la categoría y el salario. Posteriormente votaron todos los trabajadores la bajada de categoría de expediciones y el comité firmo el acuerdo. Me gustaría saber cuantos días me corresponden si no firmo la bajada de categoría, si es legal, si el papel que yo tengo no vale de nada porque el comito firmó ese acuerdo. Muchas gracias.

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Tal como lo estas explicando, no te queda otra opción que recurrir a un abogado, ya que los acuerdos firmados por el comité de empresa, y la votación de los trabajadores, no es excusa para modificar tu contrato inicial, que es ley por encima de todo.
Finaliza y puntúa
Entiendo entonces que prevalece el papel que firmé con la empresa anterior al acuerdo del comité. Si no firmo me despiden, en mi contrato pone que 33 días por año trabajado en caso de despido improcedente. ¿Es lo máximo que voy a conseguir? A mis compañeras les dieron 30, y todas por 3 días menos no han denunciado. Mi situación es de reducción de jornada por cuidado de un hijo y por trabajar 4 horas me dijeron que no volvería a producción. Gracias por todo, es una situación mala, agradecería un buen consejo.
Estando en reducción dejornada por cuidado de menor no te pueden despedir. Siempre es nulo, porque estas respaldada por el propio Estatuto de los Trabajadores.
Sin embargo, y si intentan despedirte, lo declaras improcedente y ahí podrías cobrar no los 33 días que marca tu contrato sino los 45 días precisamente por ser el tuyo nulo e improcedente.
Y hay algo que no entiendo. Con un ERE, se puede firmar muchas cosas, pero nunca una bajada de categoría que implica bajada del sueldo base. Se firma una reducción de jornada, o un extinción del contrato parcial, pero lo primero, nunca, porque eso es UNA MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE TUS CONDICIONES DE TRABAJO.
Ademas, después de finalizado un ERE, todo tiene que volver a su inicio.
Si no tienes más dudas, finaliza y puntúa.
Yo tampoco lo entiendo, tampoco entiendo una bajada de categoría aun con el consentimiento del trabajador, porque sin duda alguien que baja su categoría voluntariamente está coaccionado con el despido. En cuanto al despido nulo por la condición de reducción de jornada, tampoco tengo claro ya que parece se que dentro de un ERE las empresas pueden hacer casi de todo. Muchas gracias por tu tiempo y tus respuestas.

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