Hola. Trabajo en la construcción con un contrato de obra y quiero coger vacaciones en Junio, me corresponderán 12 días, ya que empecé a trabajar el 13 de enero de este año. ¿Puedo cogerlas empezando el Lunes(05 de junio) y terminando el viernes (18 de junio)? Y, en caso negativo, y según tengo entendido, ¿puedo coger la mitad de esos días? ¿Qué pocedimientos tengo que hacer?
Gracias
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Respuesta de rubitesabe
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rubitesabe, 15 años en asesoría laboral como responsable del departamento
En principio las vacaciones se cuentan desde " el primer día que faltas a trabajar ( en este caso lunes ) hasta el día anterior a tu incorporación ( domingo ). Solo cuando la empresa aplica el principio de días laborables no se contarían los fines de semana ni los festivos pero en estos caso los días que nos corresponden serían menos ( normalmente entre 20 y 22 al año ). El procedimiento es una solicitud por escrito a la empresa solicitando unicamente los días que tu quieres disfrutar ( si quieres guardar alguno, hazlo ). Es la empresa la que te dirá si desean, por motivos de productividad, que disfrutes todos o solo los solicitados ). En cuanto al momento de disfrutarlos la empresa tiene, por ley, que exponer a la vista de todos los trabajadores los calendarios laborales con las vacaciones asignadas de todo el año. En caso de trabajadores incorporados posteriormente, éstos deberán adaptarse a los días que haya quedado libres o bien a la buena voluntad de la empresa. Por principio la empresa puede imponernos 15 días de vacaciones cuando ellos quieran y los otros 15 mediante acuerdo de las partes pero esto no siempre es así puesto que ellos, con un argumento como " motivos productivos o de organización " pueden imponer todas las vacaciones a su libre disposición, teniendo en cuenta la situación familiar del trabajador ( ley de conciliación familiar : preferencias de los trabajadores con hijos en edad escolar ). Espero que te haya aclarado algo, si no, ya sabes donde estoy. Suerte.