Reducción de jornada

Hola buenos días, expongo mi caso, tuve una niña hace unos meses y en septiembre se termina mi baja por maternidad. Aún me quedan los 30 días de vacaciones y la lactancia que lo cogería todo junto, ¿podría ser no?
Pero mi duda es después de todo esto si reincorporarme a mi puesto de trabajo pidiendo una reducción de jornada o pedir una excedencia por un año para cuidar a mi bebe, ya que trabajo de encargada de turismo fija para un ayuntamiento en horario de martes a domingo de 10 a 13.30 y de 17 a 20 horas.
¿Si pido reducción de jornada cual podría ser mi horario? Estoy super indecisa, muchas gracias por su ayuda.

2 respuestas

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En principio, sí que puedes pedir las vacaciones tras la baja maternal. La lactancia depende del convenio colectivo, generalmente es posible acumularla, pero como te digo, depende de tu convenio colectivo. Tienes que tener en cuenta que si luego pides una reducción de jornada, puede afectar al numero de horas de lactancia que te corresponda (no es lo mismo la lactancia en una jornada completa que en media jornada). Y si pides una excedencia, claramente, no tienes derecho a la lactancia, pues estás en excedencia, es decir, con la relación laboral suspendida.
Respecto de tu duda, el horario en la reducción de jornada lo eliges tú, dentro del que corresponde a la jornada de tu categoría. Es decir, entre el horario que me indicas, tú eliges las horas del día que vas a trabajar. De las 6 1/2 horas que me indicas, debes elegir las que vas a realizar dependiendo del porcentaje de reducción que elijas. Hay empresas en los cuales permiten elegir días, en vez de horas. Si te interesa esta opción, debes llegar a un acuerdo con tu empresa.
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Entiendo que tu contrato es laboral y a la legislación laboral me voy a remitir en mi contestación.
En cuanto a las vacaciones y a la lactancia acumuladas, depende de lo que diga tu Convenio Colectivo, si en el mismo no se establece la posibilidad de hacerlo así, sólo podrás hacerlo si llegas a un acuerdo con el empresario, si bien, normalmente las empresas acceden a este tipo de arreglos por interesarles a ellos también.
En cuanto a la reducción de la jornada, en principio la elección del horario corresponde al trabajador no existiendo limitaciones para la fijación del mismo. Dicho esto si dada la organización productiva de la empresa fuera imposible concederte el mismo, la empresa podría denegarte la reducción de jornada solicitada y entonces tendrías que acudir al procedimiento especial establecido en la Ley de Procedimiento Laboral para demandar a la empresa por su negativa. En dicho procedimiento tendrás que aportar pruebas de las circunstancias que hacen necesario que el horario sea el solicitado.
Te envío la dirección de mi blog particular donde podrás encontrar más información relacionada con el derecho laboral y la prevención de riesgos laborales y una dirección de correo electrónico para ponerte en contacto con mi despacho profesional:

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