Duda sobre categoría profesional

Buenos días, tengo una duda, es acerca de la categoría laboral que tengo en la empresa en la que estoy.
Le comento alctualmente tengo un contrato en prácticas a falta de 3 meses para que finalicen los dos años.
La duda que tengo es que leyendo el convenio que me pertenece, de el link,
http://www.comfia.net/andalucia/pagweb/1443.html
Es el convenio de oficinas y despachos de Granada.
Pues eso que leyendo el convenio he visto que en el artículo 13 pone:
"Cuando un trabajador realice trabajos correspondientes a una categoría superior a la que tengan atribuida, percibirá, durante el tiempo de prestación de estos servicios, la retribución de la categoría superior. No obstante, estos trabajos de superior categoría no podrán tener una duración superior a tres meses en el mismo año. Si este plazo se superara, el trabajador ascenderá a dicha categoría superior."
La cosa es que el contrato lo tengo con la diplomatura de estadística, y me quedan 3 asignaturas para terminar la licenciatura en estadística. Y no se si las actividades que realizo (donde aplico los conocimientos de la licenciatura y algunos de la diplomatura) se considera como que estoy realizando un trabajo de mayor categoría al que actualmente hago.
Por eso no se si la categoría tiene que ver con la formación requerida para el puesto o no.
Espero que me puedan ayudar. Saludos.

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Respuesta
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La categoría no te la da los estudios que tengas ni lo que apliques si no la función que realizas y el puesto que realizas en la empresa, y tienes que tener en cuenta que estas con un contrato de practicas, el articulo que pones me imagino que sera para trabajadores que no estén en practicas,
tiene un contrato donde el convenio te indica tus funciones,
a ver si me explico
yo puedo ser economista, pero si estoy contratado como peón de almacen, soy peón de almacen, para un puedto superior seria si ejerciera el cargo de oficial o encargado y esto lo ejecrcieramas de tres emses en un año
Esto es lo que yo entiendo pero, puede que este confundido,
ley el convenio y ve las funciones, consulta con un laboralista

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