Jubilación activa de autónomo
Autónomo de 72 años con + de 35 años cotizados
Si solicito la jubilación y a continuación la nueva jubilación activa:
1-El tiempo que siga cotizando (IT +8% de solidaridad) contará a la hora de calcular el 2% de incremento por cada año de prolongue la vida laboral? O parará cuando se me conceda la jubilación?
2- El último recibo de cotización completa lo pagué el 31-8-2012, el del mes 9-2012 vino con sólo con IT. ¿en qué fecha me correspondería cobrar el 2 % más (que creo sería el 4% si me jubilo en 2014)?
3- Tengo una persona empleada en el Régimen Gral. ¿si me acojo a la jubilación activa podré proceder a su despido cuando decida jubilarme definitivamente?
4- En la Seguridad Social me dicen que primero debo solicitar la jubilación a secas luego solicitar la jubilación activa,¿ podría solicitar el cobro de mi plan de pensiones si sigo activo?
Perdón por lo extenso pero no he conseguido respuesta a estas preguntas hasta ahora.
Gracias.