Convenio colectivo del comercio de cuero piel y calzado de cantabria
Buenos tardes,mi pregunta es sobre mi contrato.Pertenezco al convenio colectivo del cuero piel y calzado, en mi contrato pone que la jornada de trabajo es de 40 horas semanales de lunes a sábado con los descansos que establece la ley, ( que no se cumplen ).
en una clausula adicional pone :
Primera :la empresa se reserva el poder modificar los horarios de trabajo en función de las necesidades de la misma.
Segunda : el trabajador se compromete a prestar sus servicios en cualquiera de los centro de trabajo que la empresa tiene en esta comunidad.
Llevo cuatro años y medio indefinida,la jornada siempre ha sido mañana o tarde excepto algún partido por rebajas, vacaciones etc.
Soy Encargada y mi superior me hace mandarle por mail los horarios de la tienda un jueves,el viernes me los devuelve cambiados para ejecutarlos la semana siguiente.
Con cuanta anticipación tenemos derecho a saber nuestros horarios para poder planear nuestra vida personal ?.
en la misma semana me puede variar las horas diarias a su antojo y los turnos cuando siempre se ha seguido mas o menos un orden ?
Muchas gracias