Hacer efectiva una sentencia judicial. Derecho laboral
Trabajo en una empresa dedicada al transporte sanitario de personas enfermas. Somos 106 trabajadores y tenemos un Comité de Empresa de 9 miembros, pertenecientes al sindicato USOC. El pasado año uno el sindicato ASA-C (que no tenia miembros dentro del Comité)inicio a través de la mayoría de los trabajadores un proceso de revocación del actual Comité de empresa. Una vez revocado se iniciaron los procesos de elecciones para nuevo Comité y una vez elegido el nuevo Comité de empresa, éste empezó a trabajar. El nuevo Comité elegido sería el formado por 6 miembros de ASA-C y 3 de UGT .Éste siguió trabajando representando a todos aún sabiendo que el sindicato USOC que formaban parte del anterior Comité de empresa interpuso una apelación ante la pasada revocación por irregularidades en el proceso. Como aún no sabíamos el resultado de la apelación, el nuevo Comité siguió trabando independientemente de este hecho.
Meses más tarde se da a conocer la resolución de la apelación siendo favorable a la parte demandante(USOC). En el mismo momento que se da a conocer esa sentencia, la empresa hace oficial el no reconocimiento del actual Comité, porque según la sentencia el proceso de revocación llevado a cabo no es valido y los anteriores miembros del Comité de empresa lo continúan siendo a partir de esta resolución. El sindicato que promovió la revocación (ASA-C) no esta de acuerdo con la sentencia y decide apelar al Tribunal Superior. No obstante por el momento tiene que acatar la resolución.
Semanas más tardes los miembros del actual Comité (todos de USOC) deciden iniciar proceso de elecciones totales tras ver el descontento de la gente, dejando cada uno de ellos el cargo que tienen como representantes. Fruto de estas nuevas elecciones efectuadas el pasado Enero, salen como miembros del Comité de empresa para los próximos 4 años, 5 miembros de USOC y 4 miembros de ASA-C. Hasta la fecha de hoy estos 9 miembros siguen trabajando respresentandonos a todos.
Este pasado Viernes, hemos conocido la decisión del Tribunal Superior dando la razón al sindicato ASA-C y rectificando la decisión judicial que ya había sobre este hecho. No cabe recurso alguno ante este órgano.
Mis preguntas son:
1. Esta sentencia una vez se ha hecho oficial debe prevalecer por encima de lo que tenemos ahora? De esta manera volverían los miembro de ASA-C y UGT como representantes legales?
2. De momento, aún sabiendo la resolución, nadie se ha pronunciado al respecto y la empresa sigue trabajando con el último Comité que estaba ( USOC+ASA-C). ¿ Debemos entender que la parte demandante debe hacer efectiva esa sentencia para que se reconozca al Comité de empresa formado por ASA-C y UGT y de no hacerla efectiva las cosas continúan como hasta ahora??
Espero no haberme esplayado demasiado, pero quería explicar lo más explícitamente posible el conflicto que ahora mismo tenemos
Mucha gracias
Saludos
Luis E. Rodríguez