Despido por causas objetivas

Me despidieron aplicándome el RD 3/2012 de 10 de febrero, alegando ausencias en más del 25% de jornadas hábiles en cuatro meses discontinuos dentro del periodo de los últimos 12 meses. Los periodos son los siguientes:
04-10-2011 al 19-10-2011
19-09-2011 al 20-09-2011
06-07-2011 al 22-07-2011
He estado haciendo los cálculos y lo cierto es que salen las cifras para que me apliquen el despido por causas objetivas.
Pero me surgen dos dudas:
1. Están teniendo en cuenta 3 periodos de ausencia en 3 meses distintos. ¿No sería necesario que hubiera ausencias en un cuarto mes?
2. En los periodos de ausencia que alegan, hay dos periodos en meses consecutivos (septiembre y octubre), cuando la ley indica que deben ser "cuatro meses discontinuos". ¿Estoy en lo cierto?
De nuevo muchas gracias por vuestra ayuda.
Saludos

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