Mobbing : ¿No se puede denunciar ante la Inspección de Trabajo, una vez despedido?!

Buenas tardes,

Me despidieron el 31/07, después de meses de Mobbing, como no han conseguido que dimito.
Ahora, me asignaron un abogado de oficio, y el (no ve claro el mobbing, o mejor dicho no lo quiere ver).
Así que fui a la inspección de la seguridad social hoy, y me comentó una persona en la Seguridad social, que no se puede denunciar el Mobbing si ya no trabajo en la empresa, y que hay que hacer una demande judicial (o añadir este tema en la demanda después del CEMAC, que aún no está celebrado).
Entonces, quiero asegurarme, porque no encuentro esta información en Internet, y le veo un poco absurdo : El más rápido, es quien tiene ventaja ... O gana?
No he denunciado, siendo aún trabajando, porque estaba acumulando pruebas, por el hecho que me despiden, ya es papel mojado?
Gracias por la ayuda
NB: hasta mi abogado no contesta a mis mails, son 3 en el despacho, y cada vez me habla uno diferente, con una estrategia diferente, y cogieron el caso hace dos días, y hoy envían un mail general, diciendo que se van de vacaciones del 12-25/08, no sé, si han presentado la papeleta hoy como previsto o no, nadie contesta al móvil, ni a los mail. Total ... !

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