Sobre horas extra y convenios colectivos para una misma empresa

-Hola,

tengo varias dudas,

1- El cómputo de horas extras , lo del máximo 80 horas es en año natural o en año inicio contrato.

Por ejemplo, si empiezo a trabajar en julio 2013...podré hacer un máximo de 80 hasta 31 diciembre 2013 o hasta julio del año siguiente?

2-Según tengo entendido, una vez compensas por descanso las pagas extra el contador para el máximo vuelve a cero.pero el periodo de referencia sigue siendo el año que tuve en cuenta inicialmente o serían nuevamente 80 de máximo a partir de la fecha en que obtuve el descanso? Imaginen, empiezo en julio en octubre hago 20 horas extra me quedan 60 para llegar al máximo, en noviembre descanso esas 20 horas...el máximo que puedo hacer vuelven a ser 80 ¿pero desde julio o ahora el periodo es desde octubre?

3-Este máximo de 80 horas en para si trabajas en una única empresa? Es decir imaginen que en una empresa hago 50 horas, me quedan 30.

si me cambio de empresa dentro de ese año me quedan por hacer 50 o enla empresa nueva volvería a tener 80?

4-¿qué ocurre si un mismo dueño tiene dos restaurantes, uno en la provincia de Castellón y otro en la provincia de Tarragona...¿se le aplica a los trabajadores del restaurante de Castellón el convenio de hosteleria de Castellón y a los de Tarragona, el de Tarragona?Si fuera así ¿no habría diferencia de trato para trabajadores de una misma empresa pero con centros de trabajo distintos?

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