Pago de horas nocturnas

Estimado bermrx Mi pregunta esta relacionada con las horas ,yo trabajo a turnos unos de los cuales es de las 15 horas a las 23:00 y el ET dice se consideran horas nocturnas las efectuadas de las 22: 00 a la 6:00 y como mínimo serán 3 las requeridas para cobrarlas como tales.también dice algo así como trabajo nocturno , sin referir nada a trabajador nocturno

En mi empresa dicen que esa hora no entra en nocturnidad y que no estamos englobados como trabajadores nocturnos

Mi pregunta es la siguiente¿tendría que cobrar esa hora que realizo dentro del horario nocturno? Ya que leí en una consulta de una revista que si , que deberían abonarla

PD;perdona no referirme al articulo del ET concreto pero no me lo se de memoria, se que dice algo así

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