Despido causas objetivas a miembro de Comité de Empresa.
Soy estudiante de Derecho. Tengo una duda en relación al título de la pregunta.
¿Puede despedirse a un miembro del Comité de Empresa por una causa objetiva de las recogidas en el art. 52.b ET (falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas operadas en su puesto de trabajo?
Me refiero a que se den todos lo requisitos recogidos en el at 52.b del Estatuto de los Trabajadores y que evidentemente el despido no se base en la acción del trabajador en el ejercicio de su representación.
Gracias por las respuestas.
¿Puede despedirse a un miembro del Comité de Empresa por una causa objetiva de las recogidas en el art. 52.b ET (falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas operadas en su puesto de trabajo?
Me refiero a que se den todos lo requisitos recogidos en el at 52.b del Estatuto de los Trabajadores y que evidentemente el despido no se base en la acción del trabajador en el ejercicio de su representación.
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Respuesta de iuris222
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