Indemnización, en un fin de contrato por obra y servicio del pdi universitario sevilla
Os envío este email, porque mi marido y yo andamos perdidos en una
cuestión, y nos gustaría saber varias cosas.
El tema es que mi marido ha estado trabajando como personal ayudante
docente e investigador en la universidad de sevilla, durante 4 años mas
uno de prorroga, mientras realizaba la tesis doctoral. El pasado día 19
se le termino el contrato por obra y servicios. Extinguiéndose así su
contrato. La cuestión es que con cada compañero que habla mi marido nos
dice una cosa diferente.
En Mayo la universidad le abono 950e aprox que le correspondían de los
19 días (irpf no se lo descuentan, no sabemos porque en todo lo que
llevamos de año), la nomina era como las demás.
Hoy nos han abonado otra nomina correspondiente a la parte proporcional de la paga extraordinaria.
Nuestra cuestión es si las vacaciones que no ha disfrutado (30 días al
año, es decir la parte proporcional) se las deben de pagar?? Y por otra
parte cuando se termina un contrato por obra y servicio no deberían
indemnizarle con 8 días por año trabajado o el personal laboral de la
universidad no tiene dicha indemnización???. Como le indicaba sus
compañeros unos dicen si otros no, pero a nosotros no nos han ingresado
nada. La paga extraordinaria si porque mi marido hablo en el rectorado
para saber que pasaba y le dijeron que se lo ingresarían este mes todo
lo atrasado, pero solo ha sido eso la extraordinaria ni vacaciones ni
indemnización. 1220e porque tamp le han retenido el irpf que son unos
300e, el salario de mi marido era de 1258e.
Bueno espero que nos podáis contestar porque la verdad estamos sin saber que hacer.
Muchas gracias