Paro Maestra interina con Excedencia Voluntaria
Hola, acabo de enterarme de una noticia y les agradecería muchísimo que me indicaran si es o no cierta.
Actualmente trabajo de maestra interina en la Comunidad de Madrid y me han dicho que al tener excedencia voluntaria en mi anterior empresa privada hasta septiembre de 2014 (siendo renovable por 3 años más si lo solicito con un mes de antelación), no tengo derecho a cobrar el paro de julio y agosto de 2014, una vez que finalice el curso y me entreguen el finiquito en junio de 2014. ¿Es eso cierto?
Mi anterior empresa ha publicado un ERE, por lo que en caso de pedir la reincorporación muy probablemente sería denegada. No obstante, no querría tener que solicitar mi reincorporación para justificar la negativa porque es renovable hasta 4 años y, aunque seguramente no me reincorporaría porque es altamente probable que me llamaran para el curso 2014-2015, esa posibilidad podría seguir ahí.
¿Saben ustedes si puedo cobrar el paro, supuesto yo esos dos meses no estaré trabajando? ¿saben como debería actuar?
Muchas gracias por su amabilidad. Un abrazo.