¿Modificación sustancial de las condiciones laborales?
Hola,
En mi empresa, hace apenas dos semanas nos fue comunicado que, con la excusa de la crisis, se iba a proceder a hacer una reforma integral, es decir, que nos iban a modificar las
condiciones de trabajo de la siguiente manera: se quiere crear una bolsa de horas en temporada baja de modo que cobremos el mismo salario haciendo menos horas, que acumularíamos para temporada alta, cuando seguiríamos cobrando lo mismo trabajando más horas. Esta modificación ha sido ideada unilateralmente, nuestra empresa no dispone de comité de empresa. Además, nos han dicho que nos lo notificarán por escrito dos semanas antes de que entre en vigor la reforma, que se pretende empiece alrededor del 3 de diciembre.
La reducción y ampliación del horario es en torno a un 10 o 15 % de las horas. En mi caso la jornada sería de 30 horas semanas en temporada baja y de 36 en temporada alta.
El convenio colectivo por el que se rige mi empresa es el de centros de jardinería, y en una de las clausulas he leído lo siguiente:
19.3 Calendario.
El calendario laboral anual se negociará con el delegado de personal o comité de empresa si lo hubiere, entre los meses de noviembre-diciembre del año anterior al de su ejecución. Por la peculiaridad de esta actividad, sujeta a una producción discontinua, las empresas podrán establecer jornadas de trabajo flexible de cómputo anual, distribuidas por cada empresa con arreglo a las necesidades del servicio. Compensándose de este modo, las épocas de menos trabajo con las de mayor trabajo siempre que el horario establecido no exceda de las 1.788 horas anuales de trabajo efectivo fijadas, respetando lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores.
Quisiera saber si esto es se puede hacer por convenio o si por contra se considera una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
En cualquier caso también quisiera saber si puedo negarme en ambos casos y de ser así si tendría derecho a indemnización y al cobro del paro.
Un saludo y gracias de antemano.