¿Indemnización de 45 o 33 días?

Hola a todos,

En el año 2002 firmé un contrato indefinido con una sociedad. En octubre del 2012 dicha sociedad se fusionó siendo absorbida por una nueva sociedad. En dicha fusión la nueva sociedad se subrogaba en los derechos de los trabajadores de la antigua sociedad, respetando la antigüedad, sueldos, funciones, etc... Hace unos días esta nueva sociedad me despidió alegando despido procedente por causas organizativas y me aplicaron 20 días. Sin embargo, tengo en principio todas las papeletas para que me den la improcedencia (hasta la parte contraria lo cree) pero ellos van a pedir los 33 días alegando la fusión de la nueva sociedad. Yo creo que no tienen razón y que me tendrían que aplicar en caso de improcedencia los 45 días hasta febrero del 2012 y el resto hasta la fecha del despido 33 días. ¿Se me aplicaría lo que yo pienso o lo que ellos quieren de la totalidad de los 33 días?

Saludos,,,

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