Despido improcedente y prestación por desempleo
lo primero gracias por la ayuda;
Os comento mi caso.
Resulta que yo llevaba en una empresa ya mas de un año, fijo a 40 h. Y el día 1 de enero de 2012 sin decirme nada, me dieron de baja a mi contrato y al día siguiente de alta con otro contrato nuevo de 2h semanales. Todo esto sin yo firmar nada ni enterarme, a partir de ese día me pagaban igual pero no me entregaron la nómina, así hasta el día 7 de julio del 2012 que sin decirme nada llegó el gerente y me dijo que me despedía. Lógicamente al enterarme de todo que me habían cambiado de contrato, etc, los denuncié y el día 22 de enero de 2013 tuve sentencia firme, decretando despido improcedente. Y condenado a la empresa bien a readmitirme, pagando salarios de tramitación o bien a extinguir la relación laboral con fecha de 1/07/2012 pagando correspondientes indemnizaciones.
Bien, no me readmitieron, por lo que después salio el auto el 3/07/2013 que dicta lo siguiente:
Queda acreditado que no se ha realizado la readmisión .... BLA BLA BLA ....acordando la extinción laboral al día de la fecha, debiendo abonar la empresa la indemnización prevista, pero computando el tiempo de servicio hasta el día del auto, y abono de los salarios de tramitación desde la fecha de notificación de la sentencia que por primera vez declare el despido improcedente hasta la fecha del auto.
por supuesto a día de hoy nadie ha pagado nada, ni la empresa ni el fogasa.
Mis preguntas son las siguientes?
El fogasa paga todos los salarios de tramitación??
Para no dejarme en situación de indefensión, he estado cobrando una prestación por desempleo de 600 euros al mes. La cual se me termina en 2 meses.
Pues bien, me dicen en el inem que cuando la seguridad social me actualize las bases y tiempo de cotización tengo que devolver todo el paro que he cobrado hasta ahora, ya que se supone que estaría trabajando. Y todo ello sin yo haber cobrado ni un euro.
Para hacer el recalculo de la prestación con las nuevas cotizaciones, ellos cogen la fecha del despido la fecha del auto; con lo que al cambiar el pp la ley y entrar en este periodo las nuevas cotizaciones, al hacer las compensaciones sale que yo voy a deber dinero al inem, ya que la nueva prestación sería inferior al estar calculada al 50% y no al 60% como la que he cobrado hasta ahora por estar dentro de la ley anterior.
Esto me dicen en el inem, pero me han dicho que eso no puede ser así que la fecha del despido es la que marca la sentencia, no el auto, por lo que al hacer la compensación deberían de devolverme dinero, ya que yo he estado cobrando una prestación inferior a la que debería haber cobrado.
Así que no entiendo nada, en un sitio me dicen una cosa y en otro lado otra. Y a todo esto en la SS social me dicen que no actualizan las bases de cotización hasta que no cobren del fogasa o de la empresa; y todo esto me dicen también que es ilegal, que ellos tienen que actualizarme que cobrar es problema de ellos y no mío.
No entiendo nada y nadie me dice como son las cosas!! Ahora resulta que tendré que contratar un abogado nuevamente para denunciar a la SS y al inem??? Todo ello después de haber ganado dos juicios a esta empresa desde hace casi dos años!!!!! INCREÍBLE
Alguien puede decirme que fecha es la que tienen que tomar realmente como despido para hacer el cálculo??? Cuanto tengo que cobrar del fogasa????
PD: El juez decretó 1.125.86 euros brutos mensuales con una antigüedad del 04/05/2011
espero sus respuestas!
Muchísimas gracias por su tiempo