Derecho a no hacer huelga

Trabajo en una cooperativa y en ella tenemos una normativa especial que regula las huelgas por motivos externos. Según esta normativa, si tras la votación pertinente sale que sí a la huelga, los que decidan seguir trabajando no cobraran. Su sueldo pasa a formar parte de un fondo, para no sé qué, y no percibes ni un euro. ¿Es esto legal, por mucho que esta norma se haya aprobado en Junta General? ¿No va esto en contra de mi derecho a no hacer huelga? Porque si tengo derecho a no hacer huelga y luego resulta que no me pagan, pues menudo derecho.

Un saludo y muchas gracias de antemano.

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