Ayer me pararon en un haciéndome la prueba de alcoholemia dando positivo con 0,94 y 0,91 quedando mi coche inmovilizado en el deposito municipal de gijón me dicen que el coche no lo puedo retirar asta que salga el juicio quería saber si ahí alguna forma de sacar el coche del deposito y más o menos la multa que me pueda llegar y la retirada .muchas gracias
Las sanciones que se imponen por conducir bajo los efectos del alcohol, pueden ser de 2 tipos: Penales: Si la conducción bajo los efectos del alcohol ha generado algún peligro para la seguridad del tráfico, el conductor puede ser condenado judicialmente por la comisión de un delito contra la seguridad en el tráfico castigado con pena de arresto de 8 a 12 fines de semana o multa equivalente, así como con la retirada del carnet de conducir de 1 a 4 años. Al tratarse, no lo olvidemos, de un delito castigado por el Código Penal, ¿el conductor se ve sometido a un juicio? ¿De verdad?, ante un Juez de lo Penal, con la intervención del Fiscal, defendido obligatoriamente por un abogado y representado por Procurador. Administrativas: ¿La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas puede ser sancionada también como infracción administrativa muy grave con multa de hasta 601,01? (100.000 Ptas.) Y con la suspensión del permiso de conducir por un periodo de 3 a 6 meses. No puede sancionarse la misma infracción (la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas) por la vía penal y por la vía administrativa al mismo tiempo, por lo que se tramitará primero por la vía penal y, si el juez, tras el juicio correspondiente, dicta una sentencia absolutoria, es posible que la Delegación de Tráfico inicie los tramites para sancionar la infracción administrativamente. En el caso de que el conductor de positivo en la prueba de la alcoholemia, los agentes pueden proceder a inmovilizar el vehículo y a retirarlo a los depósitos habilitados al efecto si supone un obstáculo para la circulación. Los gastos que se deriven de la inmovilización del vehículo, su traslado o su depósito, corren por cuenta del conductor del vehículo. Si el coche se conduce además de por usted por otra persona es ella la que debe acreditarlo e intentar sacarlo del depósito puesto que lógicamente la sanción es para usted y no para la otra persona.