Vivienda protección oficial y herencia

Hola,
Mi consulta es la siguiente: quisiera solicitar un piso de protección pública en arrendamiento con opción a compra en la Comunidad de Madrid. Uno de los requisitos es:
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No ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre una vivienda libre en la Comunidad de Madrid. Este requisito no deberá aplicarse en los casos de sentencia judicial de separación o divorcio cuando, como consecuencia de ésta, no se le haya adjudicado el uso de la vivienda que constituía la residencia familiar.
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Rencientemente, por herencia, he adquirido la propiedad del 25% de un piso en Madrid. ¿Me encuentro en el supuesto anterior y por tanto no puedo optar a este tipo de vivienda?
Gracias de antemano.
Saludos.

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Yo creo que alo mejor podrías solicitarlo porque eres titular de un 25% de un piso no del 100% que es a lo que se refiere cuando habla de pleno dominio. Yo lo solicitaría.
De cualquier forma si quieres más información al respecto pregunta en la oficina de vivienda de la comunidad de madrid, Avenida de Asturias, o en el 012.

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