¿Quién paga atasco a consecuencia de grifo viejo?

Soy inquilina y tengo un atasco en el fregadero que, por norma general, entiendo que me correspondería a mí pagar su arreglo. Pero en este caso no creo que tenga que ser así, pues el atasco no es debido al uso indebido, pues soy especialmente cuidadosa en no tirar nunca ningún resto de comida por el fregadero. El atasco es debido a que hace poco la junta de goma que une el grifo con el fregadero se ha cuarteado (se ha deteriorado por el tiempo, pues puede tener más de 15 años) y se ha ido cayendo por el desagüe del fregadero provocando el atasco.
Con esto tengo dos problemas:
1.- Atasco en el fregadero.
2.- El grifo no queda bien unido al fregadero, con lo que hay fuga de agua por la zona de unión hacia la parte de abajo del mueble del fregadero.
En caso de que sea el arrendador quien tenga que hacerse cargo de los dos arreglos, cómo demuestro que el atasco no es por el uso habitual, sino por el paso del tiempo. Y cómo puedo exigir el pago de los arreglos.

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Estimada señora:
Como dice Vd. los gastos normales de mantenimiento corresponden al arrendatario o inquilino y es muy probable que así lo recoja su contrato.
En este caso da la impresión de que, tal como igualmente Vd. indica, es un deterioro debido a la antigüedad de la instalación y no a un mal uso o conservación defectuosa, así que comparto su criterio de que lo más lógico es que la reparación corresponda al propietario.
Pero como siempre, de la teoría a la práctica hay una distancia muchas veces infinita.
Veamos lo que tendría Vd. que hacer:
Primero: Llamar al propietario y decirle que venga a ver la vivienda, explicarle la situación y que el mueble de cocina con la humedad se va a pudrir etc y finalmente que esté de acuerdo en hacer la reparación. Pero ¿y si no lo está porque su contrato es de renta antigua o porque no le da la gana o lo que sea?
            Tengo que llamar a un fontanero, que el fontanero le repare o no le repare pero que le de un informe diciendo que es deterioro por vejez y no por mal uso. (Ya se ha gastado Vd. más que lo que vale la instalación), requerir al propietario mediante notario o burofax para que repare, meter en el juzgado al propietario, pagar un abogado, pasar ocho meses, ganar un pleito, llevar a un fontanero, reparar la avería, reclamar el importe al propietario, seguir pagando dinero al abogado, cobrar su dinero pasados dos años ... ( y no sigo para no desmoralizarla).
            Bien ¿qué hacemos?. Pues depende de dos o tres cosas: Una las ganas de pelea que tenga; dos lo que Vd. esté pagando de alquiler, tres: lo que cueste la reparación.
            Lo primero aviso al propietario de lo que ocurre, le digo lo del mueble que se va a romper porque se cuela el agua, y si no me hace caso o no está de acuerdo, reparo, saco tres o cuatro fotos y pido factura oficial, si la reparación vale 60 o 90 euros llamo al propietario le cuento lo que he hecho, le digo que le descuento el importe del alquiler del próximo mes y si se niega pero la casa está barata de alquiler, estoy contenta, llevo años y no quiero pelea pues me aguanto.
Si, por el contrario, la reparación es más cara o no me quiero aguantar, pues tengo que iniciar lo que ya le he contado antes.
Ahora Vd. decida pero si se acuerda aquello del colegio de la "victoria pírrica" (la victoria en la que aún ganando la batalla se sale perdiendo), analice despacio antes de empezar a gastar dinero en picapleitos.
¡Excelente! Me ha parecido una respuesta muy sensata y muy práctica. Me ha dejado muy claro el proceder más adecuado. Seguiré el consejo e intentaré llegar a un acuerdo con la dueña, teniendo en cuenta todos los factores que plantea. ¡Muchas gracias, me ha resultado muy útil!

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