Sucesión intestada

Caso de sucesión intestada (art. 912 C.C.); contraído matrimonio en Ciudad Real y herencia compuesta básicamente por hipoteca inmobiliaria. El difunto no deja descendencia y, por tanto, son herederos forzosos los ascendientes y la viuda (art. 807 C.C.). Se requiere a los ascendientes a través del Juzgado para que manifiesten su aceptación o renuncia a la herencia (Art. 1005 C.C.), no personándose el día requerido (negativa a hacerlo). Han pasado más de 5 meses y el juez todavía no ha dictado resolución por la cual se dan por aceptados los ascendientes (Art. 1005 C.C.). Esta dejación de funciones (incumplimiento del art. 1, 7º del Código Civil) está repercutiendo negativamente a nivel económico en la viuda.
¿Se puede denunciar al juez ante el Consejo General del Poder Judicial? ¿Se puede apelar a una instancia mayor? ¿Existe otra posibilidad que permita desbloquear la actual situación?
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Se puede denunciar ante el Consejo del Poder judicial la situación, lo que implica que el consejo aperture diligencias informativas en las que se requerirá al juzgado para que informe y con el informe se tomará una decisión. En principio no cabría ir a una instancia superior ni distinta a la comentada, aunque podría intentarse un imposible que es acudir a un recurso de queja ante la Audiencia. Cuando acabe el procedimiento si se han causado daños por demora de la administración de justicia puede reclamarse del Ministerio de Justicia una indemnización, mediante el cauce de la reclamación administrativa.
Un saludo

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Buena pregunta,
a) Siempre se puede denunciar ante el CGPJ, pero lo único que vas a conseguir, salvo que existan varias denuncias contra el mismo es cabrear al Juez, porque si el retraso está suficientemente justificado por la carga del trabajo del juzgado no van a hacerle nada.
b) No puedes ir a otro juzgado ni apelar contra una resolución que todavía no existe.
Existen dos vías:
1.- Presentar un escrito explicando los perjuicios que le está causando el retraso y pidiendo que se dicte resolución (más ortodoxo).
2.-Mi consejo en este caso sería que la viuda se acercase a llorarle al Juez que muchas veces funciona en casos de este tipo (poco ortodoxo pero bastante eficaz dependiendo de la psicología del juez).
En cualquier caso, si los ascendientes no repudiaron la herencia saben que van a tener que pagar la parte que les corresponde
Me gustaría poder responderte otra cosa mejor

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