Resolución de contrato por impago de mensualidad

Hola,
mi abuela posee un garaje que no utiliza, razón por la cual lo ha alquilado a un vecino por un período de tres años que finaliza en diciembre.
El arrendatario ha dejado impago el pasado mes de enero alegando problemas económicos (pese de habérsele requerido por escrito). En febrero, reanudó los pagos estando ahora al "corriente" (salvo ese mes de enero citado).
He leído que podríamos exigir la resolución del contrato por incumplimiento en el pago mensual acordado en el contrato pero que, simplemente con abonar AHORA lo adeudado, el contrato seguiría vigente como si no hubiera ocurrido nada (¿enervación?).
¿Es esto cierto?
¿Y si este impago se hubiera dado ya en dos ocasiones?
Juan Sánchez
Ávila
Respuesta
1
La enervación solo cabe en alquileres de vivienda habitual. No en arrendamientos de locales o garajes.
Si tiene alguna mensualidad pendiente, si que se puede solicitar la resolución del contrato y el desahucio por falta de pago. Unicamente que el trámite del juicio y el lanzamiento se demoraría seguramente hasta Diciembre o Enero, Quizás sea mejor comentarle que va a hacer en Diciembre, porque si dice que se va a ir, será mejo esperar aunque deba 1 mes.

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