Jurisdicción competente

A ver si me puede dar una respuesta a esta cuestión:
Pareja de hecho formada por español y chilena-italiana que establecen su domicilio en Castellón, tienen un hijo y se rompe la relación afectiva. Ella se marcha a residir a Argentina con el menor, con el consentimiento del padre. Ahora se proponen regularizar la situación respecto al menor. ¿Son competentes los juzgados españoles? En caso de presentarse la demanda en Argentina, la sentencia que se dicte ¿se reconocería en España? ¿Existe tratado internacional?
Gracias por su tiempo
Respuesta
Regularizar la situación es inscribir al menor o el tema de pensión.
Entiendo que si el hijo consta en españa como hijo de ambos, aquí en españa se debe o puede interponer el tema de los alimentos.
Si el hijo no esta inscrito por los dos, deberá previamente registrar en españa.

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