¿Cómo solucionar falta de docomentos en el extranjero?
No sé cómo empezar a contarte esta historia, ya que ni siquiera es para mí.
Es para un buen amigo que me mando un e-mail en los términos que están entre comillas y te pongo literalmente.
-"No sé si nos podrás ayudar pero estamos un poco desesperados por unos papeles, es igual es abusar de tu confianza pero no sabemos ni con quien hablar para que nos echen una mano.
Te acordaras que nos casamos en Bilbao y vinimos para Brasil y no nos dio tiempo de arreglar todos los papeles, hay una persona que nos anda haciéndonos algunos favores (de mandar los papeles para los consulados) ahora con la burocracia hemos topado y necesitábamos un certificado de régimen económico matrimonial pero el registro civil de Bilbao dice que no lo hacen y tras muchos intentos de sacar por todos los medios ese dichoso papel sin conseguir nada.
Igual tu nos podría ayudar a saber cómo hacer para que nos den ese papel porque sin este papel mi situación en Brasil es desesperante porque estoy sin documentación, mi plazo de turista esta vencido y estoy ilegal en el país, me piden 10 reales por día de estancia, los consulados no ayudan para nada y sin papeles no puedo hacer nada, no consigo ni trabajar, ni tener cuenta en el banco ni nada.
Entonces decidimos pedirte ayuda y ver si tú te puedes enterrar de algo, ya que estas allí, y si puedes echarnos una mano.
Sin ánimo de abusar de nuestra amistad te agradecemos todo los que puedas hacer.
Desde ya gracias por todo y estamos aquí esperándoos. "-
Por mi parte he hecho algún tipo de averiguación sobre el tema acudiendo al consulado de Brasil en Bilbao y llamando a la embajada de Brasil en Madrid, además de ir al Registro Civil de Bilbao.
El registro dice que ese tipo de certificados no existen en España, ya que si no se pacta un régimen económico matrimonial especial en capitulaciones matrimoniales, (por ejemplo: el de separación de bienes), se presume existente en el matrimonio el régimen económico de gananciales.
El consulado de Bilbao solo esta para reconocimiento de firmas y poco más según ellos mismo me dijeron, y que solo se les ocurría que con lo que yo les conté que me dijeron en el R.C., que iría a un notario a ver si él me podía hacer un escrito diciendo lo que dice la ley y que ellos reconocerían la firma del notario, (rarita la solución).
Con las misma solo me quedaba llamar a la Embajada en Madrid, y muy amables me atendieron telefónicamente e intentaron darme una solución un tanto chocante en lo que a mi poco entender del tema me pareció.
Me dijeron que les mandase la ley del C.C. Con los artículos que tengan que ver con el matrimonio, que se la tradujesen a su idioma y que con eso acudan a la Policía Federal y que allí le dirían lo que tienen que hacer.
He buscado dichos artículos en el C.C. Y si no me he equivocado creo que son los que van del 1315 al 1444.
Bueno ya no se que más puedo decirte sobre el tema, solo que me he quedado estancado y ya no sé dónde buscar soluciones y por eso se me ha ocurrido buscar consejo y ayuda en esta página en la que también colaboro como experto cuando tengo tiempo, que por cierto, desde hace un tiempo es más bien poco el que tengo.
Sin más solo me queda pedirte disculpas por el rollo que te he planteado y agradecerte de antemano toda la ayuda y consejos que puedas darme para así mismo trasladárselos a este buen amigo.
Un saludo y mil gracias.
P.D. El es español y su mujer brasileña.
Es para un buen amigo que me mando un e-mail en los términos que están entre comillas y te pongo literalmente.
-"No sé si nos podrás ayudar pero estamos un poco desesperados por unos papeles, es igual es abusar de tu confianza pero no sabemos ni con quien hablar para que nos echen una mano.
Te acordaras que nos casamos en Bilbao y vinimos para Brasil y no nos dio tiempo de arreglar todos los papeles, hay una persona que nos anda haciéndonos algunos favores (de mandar los papeles para los consulados) ahora con la burocracia hemos topado y necesitábamos un certificado de régimen económico matrimonial pero el registro civil de Bilbao dice que no lo hacen y tras muchos intentos de sacar por todos los medios ese dichoso papel sin conseguir nada.
Igual tu nos podría ayudar a saber cómo hacer para que nos den ese papel porque sin este papel mi situación en Brasil es desesperante porque estoy sin documentación, mi plazo de turista esta vencido y estoy ilegal en el país, me piden 10 reales por día de estancia, los consulados no ayudan para nada y sin papeles no puedo hacer nada, no consigo ni trabajar, ni tener cuenta en el banco ni nada.
Entonces decidimos pedirte ayuda y ver si tú te puedes enterrar de algo, ya que estas allí, y si puedes echarnos una mano.
Sin ánimo de abusar de nuestra amistad te agradecemos todo los que puedas hacer.
Desde ya gracias por todo y estamos aquí esperándoos. "-
Por mi parte he hecho algún tipo de averiguación sobre el tema acudiendo al consulado de Brasil en Bilbao y llamando a la embajada de Brasil en Madrid, además de ir al Registro Civil de Bilbao.
El registro dice que ese tipo de certificados no existen en España, ya que si no se pacta un régimen económico matrimonial especial en capitulaciones matrimoniales, (por ejemplo: el de separación de bienes), se presume existente en el matrimonio el régimen económico de gananciales.
El consulado de Bilbao solo esta para reconocimiento de firmas y poco más según ellos mismo me dijeron, y que solo se les ocurría que con lo que yo les conté que me dijeron en el R.C., que iría a un notario a ver si él me podía hacer un escrito diciendo lo que dice la ley y que ellos reconocerían la firma del notario, (rarita la solución).
Con las misma solo me quedaba llamar a la Embajada en Madrid, y muy amables me atendieron telefónicamente e intentaron darme una solución un tanto chocante en lo que a mi poco entender del tema me pareció.
Me dijeron que les mandase la ley del C.C. Con los artículos que tengan que ver con el matrimonio, que se la tradujesen a su idioma y que con eso acudan a la Policía Federal y que allí le dirían lo que tienen que hacer.
He buscado dichos artículos en el C.C. Y si no me he equivocado creo que son los que van del 1315 al 1444.
Bueno ya no se que más puedo decirte sobre el tema, solo que me he quedado estancado y ya no sé dónde buscar soluciones y por eso se me ha ocurrido buscar consejo y ayuda en esta página en la que también colaboro como experto cuando tengo tiempo, que por cierto, desde hace un tiempo es más bien poco el que tengo.
Sin más solo me queda pedirte disculpas por el rollo que te he planteado y agradecerte de antemano toda la ayuda y consejos que puedas darme para así mismo trasladárselos a este buen amigo.
Un saludo y mil gracias.
P.D. El es español y su mujer brasileña.
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Respuesta de aboganda