Moratoria hipoteca
Tengo entendido que en el caso de que, por causa justificada, no se pueda hacer frente a los pagos de la hipoteca, cabe la posibilidad de solicitar, conforme a ley una moratoria por un plazo de hasta dos años en el pago de la misma, que la entidad ha de aceptar obligatoriamente.
Desconozco si esto es efectivamente así y a qué norma cabe remitirse. Si se trata de la ampliación que la Ley Concursal hizo de cara a las personas físicas.
¿Podría usted ayudarme con mi duda?
Desconozco si esto es efectivamente así y a qué norma cabe remitirse. Si se trata de la ampliación que la Ley Concursal hizo de cara a las personas físicas.
¿Podría usted ayudarme con mi duda?
2 Respuestas
Respuesta de isabelsalas4
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Respuesta de lageli
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