Disolución sociedades patrimoniales

Todas las preguntas dentro del ámbito de la sociedad patrimonial.
¿Se puede pedir la división de un bien, susceptible de aprovechamiento independiente por tener salida propia a la vía publica, cuando dicho bien forma parte de un conjunto de bienes pertenecientes a una sociedad patrimonial?.
¿Quién decide si un bien se puede dividir o no?
¿Se puede negar a esta división un copropietario?
¿Cuándo un bien sea esencialmente indivisible y no haya acuerdo en la adjudicación a uno de los dueños indemnizando al otro y se proceda a su venta para su posterior reparto del precio de venta obtenido, hay posibilidad de que alguna de las partes pueda exigir un precio mínimo de venta para no ser perjudicado si el comprador ofreciera una cantidad por debajo del valor real?
Respuesta
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Para poder proceder a la división de ese bien ha de ser susceptible de ello conforme a las normas urbanísticas autonómicas y locales, si el ayuntamiento emite informe en contra de la división ésta no podrá tener lugar a menos que se acuda a la vía contencioso administrativa para que se declare que el Ayuntamiento no tiene razón
Si estamos ante un bien divisible y susceptible de constituir pisos independientes como parece que es definitiva lo que plantea, será preciso en principio el acuerdo de todos otorgando escritura de división
Si no es posible obtener el consentimiento de todos cabría la posibilidad de solicitar la división judicial
En cuanto a la última pregunta, exigir no se puede exigir un precio mínimo, podéis pactar por escrito vincularos a la tasación que podáis encargar a una agencia de tasación y respetar el precio que pudiera obtenerse a partir de ella, pero todo esto deberá venir claramente recogido
Si no hay más remedio la última opción es la división judicial mediante subasta pública

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