Recaída accidente de trafico tras 20 meses de baja

Teniendo en cuenta que soy autónomo (carpintero) empiezo citando el informe medico del alta con secuelas de mi traumatólogo "pribado" ya que fue un accidente de trafico y la resolución de INSS:
Traumatólogo

"En el día 24 de mayo de 2011, debido a la estabilización del cuadro clínico, el paciente es dado de alta presentando como secuelas: plastia del LCP de la rodilla derecha, que le produce una pequeña inestabilidad funcional. Aqueja dolor a nivel de rodilla dcha, por lo que se le coloca infiltración para mitigar las molestias. La movilidad actual de la rodilla esta limitada la flexión a 120º, la colateral a 140º, la extensión esta limitada en los últimos 15º. Presenta una atrofia de cuádriceps de 1,5cm. Presenta cojera en deambulación con dificultad para adoptar intentar en cuclillas, ya que tiene limitada la flexión, produciondole dolor. Debido al arrancamiento de las espinas tibiales y la plastia en LCP, el paciente es tributario de padecer artrosis en un futuro no muy lejano. Presenta ademas cicatrices de ... Por la plastia. Dado el conjunto de secuelas y debido a la profesión que ejercía, consideramos que tiene una invalidez parcial para su actividad profesional."
No cita la fisura horizontal del menisco interno ni la condropatía grado 2 ni la osteoporosis..., con 30 años que tengo
INSS
HECHOS:Según el dictamen medico emitido 06/05/2011 por ICAM presenta las lesiones siguientes: Fractura tibia derecha tratada con artroscopia con evolución correcta con ruptura de LCP intervenida por artroscopia sin limite funcional actual.
A mi entender no es lo mismo romperte la tibia por la mitad que romperte las espinas tibiales.

RESOLUCIÓN: No procede a declarar a Javier12s en ningún grado de incapacidad permanente, derivada de accidente no laboral, y denegar al derecho a prestación económica porque no reúne el requisito de incapacidad permanente."
Después de esta parrafada para situarse un poco explico lo que me ha ocurrido.
Recibí la carta con la resolución el 23 de junio, empecé a "trabajar" el 27 de junio pasado el puente de San Juan, lo pongo entre comillas por realmente no hice ningún trabajo hasta el día 1 de julio, el mismo día que sufrí un derrame en la rodilla afectada. Estuve el fin de semana tomando medicamentos que ya tenia y poniéndome frio para bajar la inflamación, esperando poder ir a trabajar el lunes 4 de julio cosa que no pudo ser.
Fui el mismo lunes a mi CAP de urgencias y me remitieron al ICAM con una baja mal cursada (no pudo guardar los datos pero si imprimir la baja como recaída después de 18+2 meses que es lo que tardo en llegar la resolución), el mismo lunes por la tarde en el ICAM anularon dicha baja e hicieron otra en la que expone en el reconocimiento medico:"derrame rodilla derecha. DIAGNOSTICO: Inestabilidad crónica de la rodilla". Le insistí en que me enviara a un especialista y me contesto que ella no podía, que es el CAP.
Día 5 de julio intente contactar con mi traumatólogo pero no lo localice y me fui al despacho del cirujano el cual me hizo un escrito para que me realizaran un RM.
Día 6 de julio he ido al CAP y me dice que ella tampoco puede hacer ninguna prueba por ser un accidente de trafico, que vaya a mi traumatólogo y solo me da el parte de baja, llamo a mi traumatólogo y me dice que después de el alta medica ya no puede hacerme una prueba que mi cirujano me ha pedido puesto que al cursar el alta se cierra el caso
Día 7 de julio, mi abogado me dice que habría que volver a reabrir el caso y las aseguradoras no se prestan a ello por no reconocer secuelas más graveso o ningún tipo de invalidez, considero que me precipite en aceptar el alta medica aconsejado por mi abogado pero después de tanto tiempo de baja quería probar a trabajar para ver que tal, ahora en pensando en frío esta claro que no puedo trabajar por las limitaciones que tengo, no puedo ponerme a montar parqué, ni coger 20 o 30 kg y subir 15 veces a un 5º, el derrame lo sufrí cargando unos 10kg y al subir a un principal...
A todo esto, voy con la rodilla inchada y con dolor, no paran de marearme y ya no se que hacer.
Tengo que pagarme los médicos para que me miren, ¿para luego adjuntarlo como gastos?
¿Qué ocurre con la indemnización del accidente, esta baja puesto que lo tratan como enfermedad común ya no cuenta aun siendo lo mismo y 10 días después del alta?
¿Mi traumatólogo me puede volver a dar la baja medica?
...

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Entiendo que todavía no ha recibido nada de indemnización.
1.-Si, debe pagarlos y luego reclamar la factura.
2.- La segunda baja claro que cuenta, si deviene de las lesiones producidas por el accidente.
3.- Sí, por recaída de una lesión anterior.
No se si el abogado que tiene es el del seguro pero mi consejo es que cuente con un abogado especialista en accidentes de tráfico ajeno a su compañía de seguros, quien velará por que usted obtenga la máxima indemnización posible.

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