Multas en zonas de carga y descarga

Recientemente, he visto una multa en una ciudad en una zona de carga y descarga en la que no está claro si realmente se debería de haber hecho o no dicha multa.

El vehículo se encuentra dentro de una zona en la que sí se puede aparcar (zona de aparcamiento horaria), el problema es que aunque la rueda de atrás está en la zona donde sí está permitido, una parte de la zona trasera del vehículo invadiría dicha zona de carga y descarga (no existe una línea perpendicular a la acera que separe claramente ambas zonas, solo la marcan longitudinalmente en amarillo y dicha linea llegaría cerca de la rueda trasera del vehiculo)

En dicha multa, la infracción es " estacionar un vehículo en zona reservada a carga y descarga art 91.2 g) y la consideran como grave, sin embargo a mi parecer es que no sería válida ya que el vehículo como mucho invade la zona, pero no está estacionado en dicha zona.

Realmente se debería para una multa de este tipo?no se estarán aprovechando de las circunstancias para recaudar cueste lo que cueste?

Gracias por vuestros comentarios!

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