Aplicación nueva ley de propiedad horizontal

Buenas tardes,tengo un piso bajo desde hace 7 años este piso tiene la particularidad que en estatutos esta puesto que no participara en ningún gasto de ascensor ya existente.Con la nueva ley se puede ver alterado esta disposición de los estatutos pasados por registro.

Muchas Gracias.

Respuesta
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La Ley de Propiedad Horizontal es la misma, la de 1960, que sigue vigente. Usted se refiere a una modificación operada por Ley 8/2013 de 26 de junio. El artículo 17 LPH habla ahora del establecimiento del servicio de ascensor, no del que ya existía. Si en los Estatutos figura que el ascensor ya existente no es aprovechado por su piso y no debe colaborar en su mantenimiento, esta nueva regulación no le afecta.

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