Cárcel por no pasar pensión alimenticia

Soy un padre divorciado desde que me separe y mi hija tenia 2 años paso pensión sin aver fallado niun solo mes. Ahora mi hija tiene 19 años. Mi caso es el siguiente me despidieron pase a cobrar el paro y cuando se me termino busque una abogada de oficio le consulte en ese momento yo cobraba 420 euros de subsidio le explique mi situación y me aconsejo que pagara 50 euros a los dos meses siguientes me dijo que no pagara asta que saliera mi caso llego el día .en el juicio pòrlo civil interpuesto por mi. En el momento entre la jueza y no el abogadop de acusación no ceso de amenazarme mi abogada expuso su caso diciendo que mi situación había cambiado drásticamente. Mi hija dijo que se avia puesto a estudiar y mi abogada le dijo que casualidad que en el momento de recibir la carta del juzgado te pones a estudiar porque no antes .ai le pillo viéndose que se apunto a estudiar por consejo de su abogada. Pero no hizo ni caso en el momento entre por la puerta ya estaba perdido el juicio. Al día siguiente tenia una carta porlo penal i la abogada que me asicnan me dice que puedo ir ala cárcel por impago. Yo antes tenia un sueldo ahora tan solo 420 euros que me dan para mal vivir si mi abogada me hubiese dicho que sigiera pagando lo hubiera intentado aunque fuera lo que pudiera. Ahora me veo en un proceso vía penal que en 9 meses se celebrara. Que ago sigo pagando lo que pueda. Lo que no pude pagar fueron 9 meses .que ocurrirá si el juez me pide un dinero que no puedo pagar. Iré ala cárcel. Ayudame atentamente.

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Es delito y podría ir a la cárcel si tuviera ingresos suficientes para pagar la pensión alimenticia y no pusiera en peligro su propia supervivencia. Con unos ingresos mensuales de 420 euros no es posible pagar una pensión de alimentos, cuyo importe no indica, pero no será de menos de 100 euros, sin poner en peligro su propia subsistencia.
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No entiendo algunas palabras de tu jerga, pero de lo que entiendo te expreso lo que dice la legislación Colombiana, bajo ninguna circunstancia tienes que suspender la manutención de tu hija hasta los 18 años de edad, sino está estudiando, si estudia hasta los 21 años, con las mesadas que debes, puedes llegar a un acuerdo económico por escrito con tu hija; de lo contrario procede un proceso ejecutivo en tu contra por las mesadas no pagadas. En cuanto al dinero que recibes: ante el Juez de familia puedes solicitar reducción de dicha mesada alimentaria, demostrando que estas desempleado y lo que ganas. En cuanto al Proceso penal: puedes llegar a ese mismo acuerdo y explicarle al Juez los motivos que tuviste para incumplir, demostrar que tu hija es mayor de edad y para la época en que no diste la cuota alimentaria, tu hija no estaba estudiando y que ello no se volverá a repetir. Los Jueces siempre procuran en su discernimiento, no declarar pena privativa de la libertad en los delitos por alimentos, pues en la cárcel es mucho más difícil, pagar la cuota alimentaria, pero el juez tiene que tener encuenta tus antecedentes. Logro divisar que a pesar que tienes una hija de 19 años, no tienes una buena relación con ella. Independientemente de las divergencias que hayas tenido con la madre, siempre tienes que ser un buen padre; no solo dándole dinero para su manutención, sino dándole calidad de vida a tu lado, preocupándote por sus logros, desavenencias, amistades, gustos, etc., en todo caso ella no tiene culpa de tu ruptura matrimonial y ella es sangre de tu sangre y los logros que ella alcance se lo va a retribuir a sus padres.

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