Impuestos por donación

Quería hacerle una consulta. Le cuento el caso.
Mis
Padres quieren hacer una donación a mi favor, de 90000€ más o menos. Me
ponen de condición que tiene que ser para la compra de un piso. Por
otro lado me dicen que si pongo el piso a nombre de mi mujer y mio
tendría que pagar el 33% de impuestos y que si se pone a nombre de mis
padres pues no habría que pagar nada puesto que "no hay donación".
También me han dado la posibilidad de poner en escritura a mis padres y a
mi, con lo que sólo tendría que pagar el 11% del valor de la vivienda.
Luego, en la herencia pues se pagaría lo que corresponda.
¿Es
posible incluir también en este último caso a mi mujer?. Mis padres me
dicen que como eso iba a ser parte de la herencia pues que no quieren,
que sólo a nombre mio.
¿Cuál cree es que el caso más ventajoso para mi mujer y para mi?. ¿Son correctos esos porcentajes?. Yo tengo minusvalía del 35%.
¿Cabría
otra posibilidad de forma que mi mujer no quede excluida?. ¿Es posible
poner como titular también a mi hija, que es menor de edad, en vez de a
mi mujer. La idea es que el piso sea en un futuro para ella.
¿Las
herencias tienes que ser necesariamente para los descendientes, o puede
ser cualquier persona, incluso sin parentesco?. Mi hija por ejemplo, al
ser nieta de mis padres, ¿podría entrar en la herencia como familiar?.
En fin, a ver si puede aclararme un poco las ideas.

Respuesta
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Seria necesario saber de que parte de España hablamos, puesto que existen especialidades respecto a este tema según el lugar de procedencia.

Resido en Málaga, Andalucía.

Si la donación es para adquirir su primera vivienda, lo mas recomendable en su caso es que usted acepte dicha donación del dinero, y compre la misma. Respecto al tema de su hija, puede hacerse, pero lo mas lógico es la primera opción ya que su hija le heredara a usted.

La primera opción es la mas rentable por el tratamiento fiscal que existe en Andalucia al respecto para este caso concreto.

Sería 2ª vivienda.

Es un tema familiar que a ojos de mi mujer es delicado, porque ella no quiere quedarse desprotegida. Si lo pongo a nombre de mis padres y mio, no se sabe qué puede ocurrir en el futuro, por eso era de incluir a mi mujer.

Si se pone a nombre de mis padres sólo, ocurre igual. Quién sabe que puede ocurrir en un futuro y si no cambian de idea a la hora de heredar el piso.

¿Los porcentajes son correctos?. Creo que por mi minusvalía hay reducción.

Si se pone a nombre de mi hija también, al ser menor de edad, mi mujer estaría cubierta también. ¿No sería esta quizás la mejor opción?. Es decir, ponernos de titulares mis padres yo y mi hija?.

Al ser segunda vivienda la situación cambia.

No tendrá tanta reducción fiscal, aunque si por su minusvalía.

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Para poder responder a su pregunta es importante conocer el lugar de residencia, ya que el régimen fiscal de las donaciones no es igual en todas las Comunidades Autónomas. Además, conviene saber si usted está casado en régimen de gananciales (que es lo que imagino) o en separación de bienes.

Dicho lo anterior, es evidente que la intención de sus padres es transferirle a usted (hijo) un determinado patrimonio (sea dinero o sean inmuebles). Yo creo que el caso que usted plantea se puede resolver de dos formas (que usted apunta certeramente): una de ellas es que el piso lo compren sus padres y luego le hagan la donación (el piso quedaría como privativo de usted); otra es comprar y donar a sus hijos (los nietos).

Pero hay otra forma: darle el dinero, comprar en piso y en el momento de escriturar su esposa comparece y manifiesta ante Notario que el dinero invertido en esa compra es privativo de usted y, por lo tanto, el inmueble adquirido no será ganancial, sino privativo de usted.

Mi consejo es que acuda a una Notaría cercana, plantee el supuesto al Notario y éste le ayudará diseñar la mejor operación.

Soy de Málaga (Andalucía).

Efectivamente, estoy casado en régimen de bienes gananciales.

El problema de que mis padres pongan el piso a su nombre es que no hay seguridad, pues en un futuro pueden cambiar de opinión. No es que desconfíe, pero la vida tiene sus cosas.

El escriturar a su nombre y al mío, tampoco me convence porque dejo a mi mujer al margen, y tampoco se sabe lo que depara el futuro. La idea es que el piso sea para la niña, ya que es 2ª vivienda.

Mis padres no quieren poner la escritura a nombre de mujer también, sólo al mio, porque se trata de una herencia, dicen. Había pensado que si se pudiera hacer, que se escriturase a nombre de la niña en vez de yo. De esa forma mi mujer no quedaría al margen puesto que está a su cuidado.

¿Los porcentajes son correctos?. Mi minusvalía creo que los rebaja.

Sí, teníamos pensado pasarnos por una notaría que nos diesen alguna idea de hacerlo que todos quedemos contentos.

Pero como conocía esta página, me he puesto a consultar.

¿Alguna idea más?.

Gracias.

Efectivamente, Andalucía mantiene la tributación de las donaciones. Yo resido en otra diferente que la ha eliminado y no puedo hablarle del tema con absoluta seguridad. No obstante, he hecho una búsqueda por Internet y encuentro que puede consultar el tratamiento general en esta web y en esta otra tiene las reducciones y bonificaciones (observará que entre las reducciones aplicables a las transmisiones "inter vivos" no está la de minusvalía).

Mi consejo es que acuda a la Notaría y pida un cálculo de los honorarios, gastos e impuestos que puede tener que soportar según cada opción, de forma que evite sorpresas.

Una última duda: ¿Es usted hijo único o tiene hermanos? Si usted no tiene hermanos, lo más barato será que compren sus padres y que, el día en que fallezcan, herede usted (o su hija). Si tiene más hermanos, esa opción puede complicarse el día de mañana, en cuyo caso le aconsejo la donación (a usted o a su hija), con el consiguiente gastos en impuestos (bastante importante a la vista de la tarifa del impuesto).

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Si, su hija puede entrar en la herencia como familiar directo de sus padres (es su nieta) pero su esposa no.

www.lopezcollado.es

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