Baja i.t. Y pago de nomina

Hola!
Mi consulta es la siguiente: mi pareja tuvo un accidente deportivo, (casual) y le dieron baja por contingencias comunes con fecha 15/10/2006. Y pidió el alta voluntaria por presiones de la empresa con fecha 2/11/06.
Trabaja en una ferretería, con el convenio de ferretería y categoría de jefe de almacén. Con un salario neto de 770.00 euros. ¿Y por estar de baja le descontaron 200.00?. Mi pregunta es:¿Es normal ese importe de descuento? Yo trabajo en otra empresa y con mi convenio eso no seria normal. Según la empresa la seguridad social tiene que ingresarle la diferencia. ¿No se supone que las empresas están obligadas al pago delegado de I.T.? ¿Y en caso de pago directo? ¿nno tendrían que haberle facilitado un formulario para remitir a la mutua?
Perdón por la extensión de la pregunta, pero son varias dudas encadenadas.
Gracias de antemano
Respuesta
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Puede que el descuento sea correcto, en principio en IT derivada por enfermedad común el pago es el siguiente:
- Los tres primeros días nada
- Del 4º al 20º el 60% de la Base Reguladora
- Del 21º en adelante el 75%
Por lo tanto los días trabajados los cobra como normalmente lo hacía, y los de baja como te he comentado, para saber si el cálculo es correcto debe tomar la Base de Cotización por Contingencias Comunes del mes anterior a la baja, en este caso de septiembre y debe dividirla entre 30 días, tendrá la base diaria y a esta debe aplicarle los porcentajes indicados anteriormente.
Esto es así salvo que esté mejorado por convenio colectivo, como parece ser tu caso.
Debe consultar su convenio y ver si hay alguna mejora y si esta se ha aplicado, si no es así debe reclamar la cantidad correspondiente.
Si no encontráis el convenio colectivo, o no sabéis como calcularlo me lo vuelves a decir y yo os lo calculo.

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