¿Tengo derecho a cobrar trienios si soy personal laboral con contratos obra y servicio hace 13 años?

Llevo 13 años trabajando en una administración local de un municipio de Cataluña mediante contratos de obra y servicio de noviembre a junio de cada año. ¿Tengo derecho a solicitar el cobro de trienios?

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Me das muy poca información pero si eres un contratado laboral, tienes diferente normativa que la de los funcionarios de carrera, con lo que creo que los trienios son exclusivos de ellos.

Hola,

Cada año me hacen un contrato de obra o servicio desde noviembre hasta junio. Esto sucede desde el año 2000. En el mes de julio estoy de vacaciones hasta el día 20 (8 meses trabajados por 2,5 días vacaciones).

Hace un tiempo escuché que todo el personal, incluido el laboral, tenía derecho a trienios. Hay compañeros que no son funcionarios que los están cobrando pero ellos tienen contratos de obra o servicio que duran 1 año cada uno. ¿En mi caso tendría derecho a cobrarlos?

Ten en cuenta que dentro de la administración no sólo existen los contratos con funcionarios y laborales, está habilitada para hacer contrataciones con otros tipos de personal que no sean los mencionados.

Lo mejor es consultar el Convenio Colectivo (C.C.) Que te afecta para saber si tienes o no derecho.

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