Pensión de orfandad

Mi madre y mi hermano vivían juntos. Ella ha fallecido y cobraba una pensión de viudedad. Mi hermano cobra una pensión por minusvalía (más del 67%).
¿Cree qué mi hermano puede pasar ahora a cobrar la pensión de mi madre? ¿O qué otra alternativa hay? Muchas gracias.
Respuesta
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He de decirle que la Ley General de la Seguridad Social, no permite cobrar la pensión de orfandad a la vez que una pensión de minusvalía, pero permite elegir entre ellas, y solicitar la que mayor cantidad suponga.
Por otro lado he de decirle que la pensión de orfandad es compatible con cualquier renta de trabajo del huérfano, o posible pensión de viudedad que pueda recibir el huérfano, de su mujer.
Para que sea compatible esta pensión con el trabajo, sus ingresos deben de ser inferiores al 75% del Salario mínimo interprofesional, también puede percibir la pensión de orfandad, aunque trabaje si a la fecha del fallecimiento es menor de 24 años.
Para saber las cuantías que corresponden en cada caso, lo mejor es que acudáis a la Seguridad Social, y veáis cual es la que más os conviene.
Aunque depende de muchos factores, sería cuestión de preguntar en la seguridad social, a ver a cuanto ascendería la pensión, y elegir con cual de las dos quedarse.
Muchas gracias por su atención. Comentarle que mi hermano ni trabaja, ni está casado, ¿algunos amigos me comentan que puede llegar a cobrar unas 86.000 Pts. Puede ser?
Gracias por la atención prestada. De todas formas no me aclaro mucho, lo mejor es ir directamente a la Seguridad Social. Creo que me ha respondido todo lo que ha podido, teniendo en cuenta los pocos datos que tiene. Gracias, y hasta otra.

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